Punto de Encuentro

CIDHU: OTRO TRASPIÉ

Hace más de 31 Años, se produjeron motines simultáneos en 3 penales, uno de ellos en “El Frontón”. La Marina en operación militar y cumpliendo obligaciones constitucionales y legales, debeló el motín en que participaban terroristas y reclusos fuertemente armados.

El calvario judicial de estos marinos, por supuestas ejecuciones extra judiciales, no termina, pese a las tres décadas transcurridas.  Y lo que es peor, podría aplicársele sanciones aplicando a los no acreditados delitos, la normativa internacional de lesa humanidad. Tal normativa, que nace del Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional, no debería usarse para actos ocurridos antes de su vigencia para el Perú, lo que equivaldría, de aplicársela, a transgredir el precepto constitucional de irretroactividad de las normas legales.

¿Quiénes son responsables de tamaño desatino? Nada menos que cuatro magistrados del Tribunal Constitucional que so pretexto de hacer un nuevo conteo de votos de una resolución que había causado estado, desnaturalizaron el voto del magistrado Vergara Gotelli, convirtiendo el día en noche, el blanco en negro.  ¡De espanto! haciendo la salvedad que no participaron en el “error” los magistrados Blume, Sardón y Urbiola.

Los marinos afectados por la decisión del TC recurrieron al Congreso formulando acusación constitucional, y el Parlamento inició el procedimiento sancionador, de ser el caso.

Sin que se haya concluido el proceso parlamentario que podría haber acabado en destitución e inhabilitación de los magistrados denunciados, ellos recurrieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Sin previo trámite lograron una resolución cautelar del Presidente de la Corte Interamericana ordenando la suspensión del proceso parlamentario. Luego la Corte, con dos votos en contra, fue más allá de lo dispuesto por su Presidente, y una medida provisoria de suspensión la convirtió en una permanente de “archivar”.

La Resolución de la CIDH ha generado por lo general, el repudio de académicos, juristas, abogados y personas no vinculadas al Derecho, y el Congreso está pidiendo aclaración del fallo.

Lo cierto es que la Corte está dando la señal de que el Legislativo no puede activar reglas y procesos que la Constitución prevé como es la denuncia y acusación constitucional. Con ella se haría intocables a altos funcionarios públicos, e incluso mañana cualquier juez podría intentar eludir denuncia por prevaricato u otros delitos propios de la función judicial.  El control parlamentario y el judicial hechos añicos.

¿Sería atendible el pedido de muchísimos ciudadanos que abogan por el retiro del Perú de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana? Creemos que no, pues el Sistema Interamericano de Derechos Humanos por varios lustros fue claro defensor de los Derechos Humanos más significativos, sancionando a las dictaduras que llevaron a desapariciones forzosas, asesinatos y torturas.  Como ello cambió, la Comisión y Corte están dando cabida a situaciones que no son de su competencia.

¿Qué hacer? Deberíamos proseguir con la reestructuración de las normas que rigen al Sistema Interamericano, lo que se inició el 2007 ante la OEA, pero además los países deberían ser más cautos respecto a quienes proponen para comisionados y magistrados interamericanos.

 

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