Punto de Encuentro

ENSAÑAMIENTO CONTRA MILITARES Y POLICÍAS

Tenemos algunos miles de militares, marinos, aviadores y policías, unos condenados con severas penas privativas de libertad, y otros en procesos interminables que duran años y años sin resolverse. ¿Cuál es la motivación de ello? Simplemente por haber participado en la lucha contra el terrorismo homicida y destructor, cumpliendo con la Constitución y la Ley.

Francamente el mundo al revés, mientras se suelta a terroristas convictos y confesos, mientras a otros se le cambia carcelería en establecimiento penal por detención domiciliaria, a nuestros valerosos militares y policías que enfrentaron al terrorismos y nos devolvieron a un Perú pacificado y listo para despegar, se les persigue inmisericordemente con procesos que duran años y años y que los tiene perturbados y estresados, sin tranquilidad alguna pues saben que en cualquier momento los podrán encarcelar, muchos sin causa real.

Es verdad de Perogrullo que no se puede tener normatividad legal para tiempos de guerra, así sea interna contra el terrorismo, como si se estuviera en paz. No lo hemos estado, y por eso fue necesario hasta tener tribunales sin rostro para preservar a jueces, fiscales y a sus familiares por la ferocidad terrorista que clamaba por represalias.

El Estado quiso, en alguna medida, diferenciar el juzgamiento de delitos comunes que pudieran haber perpetrado militares y policías, de supuestos delitos cometidos en acción militar. Por ello con la Ley 24150, se determinó que las denuncias por acciones en la lucha contra la subversión tenían que ser procesadas en los tribunales miliares-policiales. Increíblemente nuestro Tribunal Constitucional no entendió el tema, dejando sin efecto gran parte de la norma, con la consecuencia que se anularon sentencias absolutorias y también sobreseimietos, e iniciándose nuevos procesos ante la justicia ordinaria, con lo cual se dejaron de lado resoluciones judiciales que ya tenían el carácter inamovible de cosa juzgada.

La cosa no acaba allí, pues incluso con carácter retroactivo, lo que es inconstitucional pues la retroactividad en casos penales solamente es benigna, esto es la que favorece al imputado, se les ha reducido o se les ha suprimido los famosos beneficios penitenciarios de trabajo y estudios en los penales.

Las amnistías que por ley fueron otorgadas, también se anularon e incluso sentencia del Tribunal Constitucional que trataba adecuadamente el tema los delitos de lesa humanidad, que no alcanzaban a los militares y policías a los que nos referimos, fue modificada indebidamente por cuatro de los siete miembros del mencionado Tribunal.

Se han condenado a militares y policías que están en la tercera edad, léase ancianidad, a penas de carcelería tan severas, que cuando ellas terminen es probable que algunos de ellos ya no estén en esta vida, y los que sobrevivan en tal estado que ya no podrán disfrutar de su libertad.

Tenemos que buscar soluciones a este grave problema, que desmotiva a nuestras Fuerzas Armadas y Policiales, en su lucha contra los remanentes terroristas en el VRAEM. Esta situación tiene que terminar, sea con nuevas normas o teniendo el coraje de ejercer la facultad de indultar.
 

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