Punto de Encuentro

Nuestra política migratoria.

La migración existe desde que el hombre decidió agruparse en colectividades, y por tanto, existirá de forma constante. Las causas van desde los temas bíblicos (buscar la tierra prometida), hasta las reubicaciones por temas económicos privados (explotación de la minería), pasando obligatoriamente por el motivo de los conflictos entre Estados (segunda guerra mundial), como también por la mejoría económica de los países en desarrollo frente al caos en otros. De lo mencionado, se deriva la necesidad de que un Estado sólido y con proyección, necesita una política migratoria formalmente previsible y basada en estadísticas. 

El Congreso y el Ejecutivo deberían brindar claridad sobre nuestra política migratoria, a medida que un pueblo progresa macroeconómicamente, de forma colateral se vienen consecuencias deducibles, como la migración que ingresará básicamente a laborar en funciones primarias, la cual debería ser formal y estar también garantizada sobre los derechos laborales fundamentales. Pero, en nuestra realidad, evidenciamos que a la informalidad del propio trabajador peruano, el Estado le viene sumando mayor informalidad mediante sus criterios sensacionalistas, populistas y de empobrecimiento de los derechos laborales.

En el caso particular de la migración venezonala, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante la Resolución 2/2018 (02/03/2018), indicó (entre otras cosas) que dicho país afronta violaciones a los derechos humanos y que frente a la migración masiva los Estados deben adoptar respuestas colectivas de protección, se deberían implementar mecanismos para identificar a las personas que requieran garantías, y no se debe penalizar la migración referida. Dicho pronunciamiento nunca fue tomado en cuenta por el Perú, ya que Kuczynski, en una irresponsabilidad populista, pensó que para diferenciarse de Maduro debería eliminar la estadística de la política migratoria; aquí, jamás hubo respuestas de protección, jamás mecanismos de identificación, jamás medidas de integración social, jamás canales de formalidad, jamás estudios de impacto migratorio, jamás capacitación y sensibilización de las empresas y de la población. Lo único rescatable, es el Decreto Legislativo N° 1350 (Ley de migraciones) y el Decreto Supremo N° 007-2017-IN (Reglamento), aunque los mismos se limitan indicar generalidades que no serían de aplicación frontal al pedido de la CIDH.  

La tragedia del pueblo venezonalo, como en todos los casos de migración, se lo debe a sus gobernantes, se estima que el 12% de la población de dicho país ha emigrado, en Colombia residen casi un millón, en Perú más de 430.000 y en Ecuador unos 200.000. Alguna de las salidas propuestas, es que los Estados brinden a los migrantes la condición de refugiados (de acuerdo a la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984), y ello permitiría no solamente un pronunciamiento más contundente sobre el gobierno de Maduro a nivel mundial sobre este tema, sino que existirían más países que se sumarían a recibir a ciudadanos de Venezuela; pero en ello, también hemos visto que desde el mismo Venezuela, Maduro ha promocionado un programa “Vuelta a la patria”. Innegablemente que dicho mandatario evalúa las consecuencias funestas si la emigración sigue brotando.

En el caso en particular de nuestra patria, se deben activar políticas formales y estadísticas que nos brinden garantizar los derechos laborales fundamentales de los migrantes como de los connacionales, se debe efectuar un estudio sobre el impacto de la migración indicada y los filtros a sostener, debemos pedir colaboración de la CIDH a fin de implementar sus recomendaciones, se debe buscar la satisfacción de las necesidades de los peruanos e ir ingresando a los migrantes de acuerdo a las condiciones de vulnerabilidad, se debe sancionar la utilización de los migrantes para fines políticos, se debe fiscalizar a las empresas y advertirles sobre las consecuencias de una eventual discriminación a los nacionales o relevo de sus derechos laborales. Esto y muchas otras acciones de prevención y acción, son necesarias para evitar un justificado descontento social, un negativo clima de hostilidad hacia la migración, y la continuidad de la informalidad de nuestra política migratoria.     

Master en Derechos Humanos por la Universidad Castilla La Mancha - Toledo – España.

Maestro en Derecho Constitucional por la UNFV. 

Profesor en Derecho Constitucional. 

Ponente en temas de Derechos Fundamentales en diversos eventos académicos.

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