Punto de Encuentro

Colisión o concertación

Por Antero Flores-Araoz

La humanidad para terminar con la barbarie y que cada cual haga lo que le dé la gana, instituyó al Derecho, para que a través de la Constitución y las leyes nos ayuden a la convivencia civilizada entre los seres humanos, dictándose normas de conducta de obligatorio cumplimiento que en lo posible eviten la conflictividad.
La Política se suma al Derecho, en la tarea de lograr la convivencia pacífica a que nos hemos referido y, para evitar la conflictividad y que la sangre llegue al río, adoptó mecanismos para ponerse de acuerdo y, uno de ellos es el diálogo para concertar y tomar determinaciones, en la búsqueda de soluciones apropiadas en que cada parte en controversia se puedan hacer mutuas concesiones para llegar al consenso.
El Gobierno Peruano, ante el clima de perturbación política que se observa en el país, caracterizado por los enfrentamientos entre los Poderes del Estado, al igual que entre el mismo Gobierno y los sectores ciudadanos de oposición, ha invitado a que una misión de la OEA visite nuestra patria y converse con los actores gubernamentales, congresales, jurídicos, políticos, eclesiásticos y sociales, supuestamente en el ánimo de que exista una “bisagra” que facilite el  aun inexistente diálogo.
Pero ¡oh sorpresa!, cuando la ciudadanía comenzaba a ver con buenos ojos la llegada de la misión de la OEA, en la práctica el Gobierno Central tira la toalla y sustituye la concertación por la colisión y mayor confrontación, al presentar una cuestión de confianza por el Consejo de Ministros ante el Parlamento, con la finalidad de que se derogue una ley absolutamente legítima, abriendo la posibilidad de que nuestra democracia representativa, que propugna nuestra Constitución e Historia, se convierta en alguna forma en democracia plebiscitaria y que se pueda ir a reformas constitucionales a través de referéndum sin pasar por el Congreso.
Con el proyecto por el cual el Ejecutivo ha hecho cuestión de confianza, en la práctica es para que se puedan hacer reformas constitucionales sin pasar por el Congreso, obviando que si bien hay el derecho ciudadano al referéndum, el mismo no es pleno pues hay excepciones previstas en los artículos 32 y 206 de la Constitución. Este último permite el referéndum para reformas constitucionales, pero el se omite cuando las reformas han sido aprobadas en el Congreso con votación muy calificada.
Quien presenta la cuestión de confianza a nombre del Consejo de Ministros es su presidente, don Aníbal Torres Vásquez, quien no es ningún improvisado ni lego en materia jurídica.  Se trata de un veterano profesor de nuestra primera universidad de América, como es San Marcos y, autor de obras jurídicas importantes.  Por lo expuesto llama la atención que sustente cuestión de confianza con olvido de que las normas legales no pueden ser interpretadas aisladamente sino dentro del respectivo contexto, lo que en el caso que comentamos no se ha hecho. Optó el Gobierno por patear el tablero.
Tratemos todos de poner buena voluntad e impedir la colisión que ha escogido el Ejecutivo en reemplazo de la concertación.

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