Punto de Encuentro

¿Qué es un momento constituyente y qué vinculo tiene con la agenda constitucional?

Bruce Ackerman en We the  People (1991) diferencia entre la política diaria, ordinaria, aquella que se materializa en la estructura estatal establecida (Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y la interacción con poderes fácticos (iglesias, sindicatos, asociaciones, etc).

Por otro lado, tenemos la política extraordinaria cuando las masas de ciudadanos se movilizan para debatir principios fundamentales que son el basamento de la sociedad nacional.

Así pues, un momento constituyente se presenta cuando se pasa a debatir de una discusión ordinaria sobre un proyecto de ley o una moción de vacancia a una discusión de principios fundamentales por medio de los cuales la población mayoritariamente cuestiona la Constitución que los ordena.

¿En el Perú existe ese debate? Los principios fundamentales que busca introducir los operadores de la propuesta constituyente no son incompatibles con el espíritu de la Constitución vigente. Para nada es más, basta con preguntarles por qué quieren cambio de Constitución para encontrar respuestas como: "Todo se lo lleva Lima o, la Constitución es corrupta". Claro, no han leido ni la tapa del texto constitucional.

Los reclamos tales como: lucha contra la corrupción, reconocimiento de derechos fundamentales, la abolición de los contratos ley, etc. No son reclamos incompatibles con el espíritu de nuestra Carta Constitucional vigente.

Allí radica la importancia de la AGENDA CONSTITUCIONAL en viabilizar la compatibilidad de los reclamos del pueblo contenidos en la Agenda Social con nuestra Constitución vigente. De esa manera se adormecerá lo que yo llamo el FALSO MOMENTO CONSTITUYENTE para centrarnos en cuestiones relevantes para el país como la gestión pública para llevar agua potable, electrificación, lucha contra la anemia, entre otros.

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