Lo único positivo es el candado para que brasileños no cobren por venta de hidroeléctrica si no están libres de juicios como el del Gasoducto del sur.
Ha salido a luz pública el secreto mejor guardaba de la Fiscalía. Se trata de la sentencia que homologa el acuerdo de colaboración eficaz entre la constructora brasileña Odebrecht y las autoridades peruanas encabezadas por los fiscales del caso Lava Jato, que confirma lo que sostuvo EXPRESO desde el principio: que estamos ante un pacto de impunidad que afecta gravemente el interés nacional.
La magistrada del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, María de los Ángeles Álvarez Camacho, emitió su sentencia sobre el Acuerdo de Colaboración y Beneficios y la declaró consentida el 26 de junio. Y se destapó la caja de Pandora.
Y es que los últimos sucesos de este caso que tienen que ver información procedente de Ecuador, que confirma sobornos a nuevas obras ejecutadas por Odebrecht, en especial en el Gasoducto del Sur, así como las exigencias de los brasileños para que se les pague 524 millones de soles, producto de la venta de Chaglla, ha hecho insostenible mantener en secreto la citada homologación judicial del acuerdo.
Empecemos por lo positivo. La jueza Álvarez, no se sabe si por precavida o por no dañar su figura a futuro, puso un candado a esta suerte de tratado firmado entre el Gobierno y Odebrecht.
Veamos el punto 92 de la sentencia, páginas 225 y 226, donde la jueza subraya: “Advertimos según lo informado por la fiscalía que los hechos en relación a los cuatro proyectos sobre los que versa el presente acuerdo, serían los únicos casos donde fiscalía ha evidenciado sospecha sobre la presunta responsabilidad penal de los colaboradores eficaces (personas naturales y persona jurídica)…”.
Los cuatro proyectos son el corredor vial de la Costa Verde (Callao), la carretera Interoceánica Su Perú-Brasil, la Vía de Evitamiento del Cusco y la Línea 1 del Metro de Lima.
Esto significa que, por ejemplo, para cualquier pago como el que le correspondería por la venta de Chaglla a una transnacional china Odebrecht debe tener el visto bueno del Ministerio Público. Es decir que la constructora no tenga “investigación o proceso penal en curso respecto a personas naturales o jurídicas que involucren al ente jurídico Odebrecht por hechos distintos a los que son materia del presente acuerdo”, señala la sentencia.
Es decir, debe presentarse limpia de juicios como el que tienen sobre el Gasoducto del Sur u otras, que llegarían a unas 20 obras, como lo ha declarado el ex jefe de los fiscales Lava Jato, Hamilton Castro.
Pero resulta que hay una estela de obras y personajes que no han sido tomados en cuenta en el acuerdo, más allá de Jorge Simoes Barara, Ricardo Boleira, Ricardo Ribeiro Bortoletti y Antonio Carlos Nostre, que son los colaboradores eficaces oleados y sacramentados.
Hay otros, aparte del Gasoducto, que sería largo enumerar.
¿COHECHO O COLUSIÓN?
De otra parte, “se deja a salvo la facultad del Ministerio Público de iniciar las acciones correspondientes cuando los nuevos hechos con contenido penal no provengan de los actos de colaboración de la persona jurídica colaboradora o de información de sus funcionarios, exfuncionarios o sociedades del Grupo Odebrecht”, se señala en otro párrafo.
Sin embargo, esto no se aplicaría si la constructora brasileña comunica su “disposición de colaborar en los términos señalados en el acuerdo de colaboración y beneficios”.
Nuestros fiscales también “olvidaron” tipificar los sobornos a cambio de obras como tales, ya que no aparece el cargo de cohecho, y menos aún las figuras de asociación ilícita para delinquir u organización criminal –que se podría aplicar en la consumación del contrato de la Costa Verde del Callao. Solo se apela a una colusión agravada, en el peor de los casos.
A lo largo de la información entregada y ofrecida por Odebrecht, figuran registros de oficios, correos electrónicos, transferencias bancarias, estados contables, copias de contratos, etc.
Todo esto se puede lograr –y se ha logrado en este y otros casos- sin necesidad de acuerdos de colaboración eficaz, sino simplemente con apremios de ley, como levantamiento de secreto de las comunicaciones, del secreto bancario, de la reserva tributaria y por medio de la cooperación internacional, como con las cuentas en la Banca de Andorra.
FACTOR TOLEDO
Respecto a la “pertinencia, utilidad y oportunidad” de la información brindada por Odebrecht, la jueza Álvarez indica que esto ha permitido incorporar a nuevos investigados, por medio de las delaciones.
Esto es parcialmente cierto en casos como Félix Moreno, Gil Shavit y Luis Favre (Felipe Belisario Wermus), Jorge Acurio, Gustavo Salazar, Jorge Cuba, Edwin Luyo y Miguel Navarro, pero se pretende extenderlo al expresidente Alejandro Toledo, y a sus presuntos cómplices, como Josef Maiman, Avi Dan On, José Graña y otros empresarios. Ellos ya estaban procesados, a tal punto que la extradición del chakano ya se solicitó antes del acuerdo.
Respecto a la reparación civil que se pactó en 610 millones de soles, está en un principio fue de carácter solidario, pero luego Odebrecht propone que sus exejecutivos que colaboran con información, ya no paguen nada, y que todo lo asuma la empresa luego del pago de la primera cuota.
La Procuradoría ad hoc del caso Lava Jato asevera haber hecho el cálculo con base en la Ley 30737, con los indicadores de daño patrimonial, daño extrapatrimonial y capacidad de pago.
HAMILTON CASTRO
Un aspecto cuasi olvidado de esta trama es el “convenio preliminar” que el fiscal Hamilton Castro firmó con los brasileños el 4 de enero del 2017. En esa oportunidad, él era el jefe del equipo Lava Jato del Ministerio Público, y su negociación también fue secreta.
En ese aspecto, el Poder Judicial evita pronunciarse, ya que se habían destinado 30 millones de soles de cuentas bancarias como una especie de fideicomiso, pero no bajo el concepto de reparación civil, sino el de “devolución de ganancias ilícitas”.
Por ello, corresponde a los abogados del Estado realizar un nuevo fideicomiso, el cual empieza –como se indicara ayer- con los 524 millones de soles que quedan de la venta de Chaglla por parte de Odebrecht a un consorcio chino.
“Será responsabilidad de la Procuradoría lograr la suscripción del contrato de fideicomiso por parte de las entidades del Estado que correspondan, en un plazo máximo de 90 días calendarios posteriores a la recepción del proyecto de contrato de fideicomiso”, se lee en la página 255 de la sentencia.
Si esto no se logra en 180 días, el acuerdo podría ser revocado totalmente.
Vizcarra: No entregaremos dinero de Chaglla
Para el presidente Martín Vizcarra los S/ 524 millones que solicita la constructora brasileña Odebrecht por la venta de la hidroeléctrica de Chaglla deben quedar como garantía ante la posibilidad de que se descubran más actos de corrupción que la empresa no había admitido.
“El daño que ha hecho Odebrecht al Perú es muchísimo más de 500 millones de soles”, señaló el jefe de Estado, señalando que se debe revisar el acuerdo para aplicarlo en esta parte.
Según una modificación realizada a pedido de la jueza María Álvarez, los brasileños no pueden disponer del dinero si tienen alguna investigación o proceso formal abierto, y corresponde al Ministerio Público informar de esto a la judicatura.
“Hay que tomar las precauciones del caso porque es lamentable que proyectos que se pensaba -porque así lo habían dicho los actores involucrados- que no habían sido frutos de la corrupción, vemos ahora que sí fueron. Creo que amerita un análisis profundo y siempre cuidando los intereses del Estado”, acotó Vizcarra.
El mandatario descartó que la reciente revelación de Odebrecht respecto a los pagos de coimas relacionados con el Gasoducto del Sur pueda generar cuestionamientos al trabajo de la Fiscalía. En ese sentido, pidió que el Estado -respetando la independencia de poderes- tome las mejores decisiones en beneficio del país.
(Fuente www.expreso.com.pe)