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Columna

El precio de los medicamentos y los límites del mercado

Silvana Pareja Magallanes

Silvana Pareja

Nadie debería tener que comprometer la estabilidad económica de su familia para acceder a un tratamiento médico. Cuando un medicamento cuesta hasta catorce veces más en una clínica que en otras farmacias, según los casos mencionados en la exposición de motivos del Proyecto de Ley 184-2026-2031-CD, impulsado por Diethell Columbus, surge una pregunta legítima: ¿estamos ante diferencias comerciales justificables o frente a posibles prácticas abusivas?

La iniciativa propone utilizar los precios de referencia publicados por Digemid para calcular descuentos, coberturas y copagos. Si las diferencias identificadas se confirman bajo condiciones comparables, corresponde investigar sus causas y evaluar mecanismos de protección al paciente. Sin embargo, estos casos no demuestran, por sí solos, que el libre mercado sea el responsable del problema.

Después de la Segunda Guerra Mundial, Alemania Occidental desarrolló la economía social de mercado, asociada a Ludwig Erhard y Alfred Müller-Armack. Este modelo buscaba conciliar la libertad económica con reglas que garantizaran la competencia y limitaran los abusos. Su propuesta no consistía en entregar toda decisión al Estado ni en permitir que el mercado operara sin restricciones, sino en construir instituciones capaces de equilibrar ambos principios.

Esta distinción es fundamental. En El mito del votante racional, el economista Bryan Caplan explica cómo determinados sesgos pueden distorsionar nuestra percepción del funcionamiento económico. Esto invita a examinar los problemas con evidencia, evitando atribuir automáticamente al capitalismo cualquier resultado negativo, sin que ello implique desconocer sus fallas.

Asimismo, es necesario distinguir entre rentabilidad y codicia. Las empresas necesitan beneficios para invertir, innovar, generar empleo y sostener sus operaciones. Pero la búsqueda de ganancias no justifica cualquier práctica comercial, especialmente cuando están comprometidos la salud y el bienestar de las personas.

En el sector sanitario, la competencia presenta limitaciones particulares. Un paciente hospitalizado no siempre puede comparar precios, buscar alternativas o postergar una compra. La urgencia médica, la falta de información y la dependencia de determinados servicios reducen su capacidad de elección. Por ello, confiar exclusivamente en que el mercado corregirá cualquier distorsión resulta insuficiente.

El artículo 58 de la Constitución peruana establece que la iniciativa privada se ejerce en una economía social de mercado. Este principio reconoce la libertad económica, pero también demanda instituciones capaces de promover la competencia, garantizar información transparente y proteger a los consumidores. Las intervenciones regulatorias, a su vez, deben sustentarse en evidencia verificable y criterios técnicos que eviten distorsiones adicionales.

La discusión, por tanto, no debería plantearse como una confrontación entre capitalismo y regulación estatal. El verdadero desafío consiste en distinguir las diferencias de precios justificadas de aquellas que podrían perjudicar injustificadamente a los pacientes.

Defender la economía social de mercado implica comprender que libertad y responsabilidad son complementarias. No necesitamos demonizar el capitalismo para exigir transparencia empresarial, ni renunciar a la competencia para proteger a los pacientes. Necesitamos un Estado eficaz y empresas responsables, porque detrás de cada tratamiento existe una persona y una familia que merecen respeto.

Las opiniones expresadas en esta columna son de responsabilidad de quien la firma y no representan necesariamente la posición editorial de Punto de Encuentro.

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