Presupuesto anual de remuneraciones
¿Cómo se calcula (presupuesta) las remuneraciones de un trabajador dependiente y subordinado a un empleador? Aunque existen regímenes laborales excepcionales, la generalidad está sujeto a remuneraciones mayores a la Remuneración Mínima Vital del régimen laboral de la actividad privada. Es S/ 1.025.00 mensual a partir del 01/05/2022 (D.S.003-2022.TR); S/.83,33 diario. El cálculo (presupuesto) para un año debe efectuarse – si sólo percibe la RMV con ésta – pero debe hacerse con el que realmente se le pague. Como nota explicativa lo vamos a “exponer” suponiendo que se paga S/.1.500,oo mensuales. Esta cantidad está sujeta a descuentos legales por aportes jubilatorios (13%)(13%), impuesto a la renta, si procede. Puede haber otros que no se debe evaluar (como cotización sindical). Los aportes del 9% para Seguridad Social debe pagarlos únicamente el empleador.
La jornada de trabajo es 8 horas diarias y 48 a la semana. En julio y diciembre percibe gratificaciones (Navidad y Fiestas Patrias) equivalentes a una remuneración total mensual c/u. Al cumplir cada año de servicios tiene derecho al descanso vacacional remunerado (Si en dos años consecutivos no se le otorga vacaciones, se “produce” la frustración vacacional y debe pagársele “la triple remuneración vacacional” por el año). Por cada año de servicios: la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Puede tener otros derechos remunerativos como la asignación familiar, pago por trabajo en sus días de descanso semanal obligativo o feriados oficiales no laborables y le ordenan que labore; también puede pagársele bonificaciones. Para el ejemplo solamente vamos a referirnos a los primeros:
Remuneración mensual: S/.1.500,oo. (Trabajo en días laborales en el mes)
Mensual: remuneración: S/.1.500,oo. Descuento: S/:195,oo. Total a recibir: S/:1.305,oo
Anualmente S/.18.000,oo. Descuentos: S/:2.340,oo: Recibe: S/.15.690,oo
Dos gratificaciones anuales: S/.1.500,oo c/u: S/.3.000,oo
CTS: Anual; es una remuneración mensual completa por año: S/.1.500,oo. Se paga mitad en cada semestre (abril y octubre) depositándolos en entidades bancarias o financieras a nombre del trabador y que éste señale.
Total de remuneración anual: S/:22.500,oo.
Descuentos al año: S/:2.340,oo. Solo para el derecho jubilatorio. No es dinero del patrono y debe entregarlo cada mes en la ONP o la AFP señaladas libremente por el trabajador. Si no lo deposita deben “cobrarle” coactivamente de inmediato.
Total que recibe al año: S/: 15.690,oo.
Total al año de aportes del empleador a EsSalud: S/.2.025,oo. Está obligado a depositar mensualmente el descuento de la totalidad de sus trabadores. Si no cumple, deben “cobrarle” coactivamente, bajo responsabilidad
Las opiniones expresadas en esta columna son de responsabilidad de quien la firma y no representan necesariamente la posición editorial de Punto de Encuentro.
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