En toda sociedad democrática se enarbola el inalienable derecho de elegir y ser elegido para ocupar cargos de elección popular sin más limitaciones que las previstas en la propia Ley.
Dicho esto, una sencilla interpretación de los alcances señalados nos revelaría que la gran mayoría de ciudadanos peruanos que lean este artículo, en caso cumplan con los requisitos legales y tengan la intención de hacerlo, podrían postularse a través de un partido político como candidatos en las próximas Elecciones, no obstante, resulta evidente que más allá del número de posibles candidatos, solo un reducido porcentaje de ciudadanos tiene efectivamente las aptitudes y condiciones necesarias para ocupar cargos públicos.
Y es que una candidatura electoral no debería ser una mera aventura o la simple satisfacción de apetitos individualistas. Si tomamos como ejemplo una candidatura presidencial, esta debería ser el punto culminante de una carrera política cimentada con el paso de los años, iniciada quizás en una postulación a algún cargo de orden municipal, para luego dar paso a algún cargo a nivel provincial o regional, para llegar a una antesala que bien podría ser el nivel parlamentario.
Pero el camino de las elecciones y cargos previos no podría ser la única vía válida. En efecto, una postulación presidencial podría ser también el resultado de una vasta experiencia en gestión pública o en una administración eficiente de recursos privados pues el acertado desempeño en la administración y gestión pública o privada, constituyen una sólida carta de presentación a quien exhiba aspiraciones electorales.
De otro lado, si buscásemos candidatos en sede Congresal, éstos no deberían seguir un derrotero distinto al ya expuesto, pues quienes aspiren al Congreso deberían contar con experiencia previa en cargos de nivel regional o provincial o bien ser destacados profesionales, académicos, líderes gremiales o sociales en sus respectivas circunscripciones.
Dicho esto, no faltarán quienes califiquen los criterios que propongo como elitistas, es más, probablemente quizás concordemos en que resulte utópico elevarlos a la categoría de requisitos de postulación, sin embargo, ello no puede enervar nuestra lógica aspiración de fijar filtros o criterios objetivos que permitan mejorar la calidad de los candidatos.
En este orden de ideas, consideramos que nuestro sistema legal debe establecer mecanismos que limiten la aparición de oportunistas que gracias a la entrega de un importante aporte financiero a un partido adquieren la calidad de candidatos y luego gracias a una campaña financiada con dinero sobre el cual impunemente no rinden cuentas, irrumpen de un momento a otro en la política gracias a un permisivo marco normativo que se hace de la vista gorda ante inexistentes o falsos procesos democráticos.
La aparición de improvisados, la compra de candidaturas y la existencia de partidos cascaron, son hechos que lastran nuestro precario sistema partidista, por ello, deben fijarse condiciones mínimas para una postulación, la cuales deberían ir más mucho allá de simples cuestiones superficiales como son la edad o el lugar de su nacimiento.
En este sentido, al margen del fortalecimiento de los procesos de democracia interna con presencia obligatoria de los organismos electorales, proponemos se tome en cuenta un elemento esencial ha estado ausente en los debates sobre la reforma electoral. Nos referimos a la militancia partidaria.
¿Queremos evitar el tráfico de candidaturas?, ¿Queremos evitar la irrupción de improvisados y oportunistas en política? y, principalmente, ¿Queremos evitar partidos vientres de alquiler? Si la respuesta es sí a todo, la solución es bastante sencilla: establezcamos normativamente que solo podrán postular quienes durante un tiempo legal y previamente establecido, digamos dos o tres años, han acreditado ante los organismos electorales su pertenencia a la organización política por la que postulan.
La mesa para la discusión está servida. Provecho.