Punto de Encuentro

Planes de acción de seguridad ciudadana 2020

3 Noviembre, 2019

Wilberth Vilca

Por: Period. Wilberth Vilca Laura (*)

La inseguridad ciudadana y la reactivación económica son las principales demandas de la población según los últimos sondeos de opinión, luego de la disolución del congreso, y ante los cuales es necesario un promover un trabajo intergubernamental e intersectorial. El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) se gestiona a través del plan nacional de carácter quinquenal y los planes locales (regional, provincial y distrital) de horizonte anual, que constituyen sus documentos de gestión de las políticas públicas ante la inseguridad, por tanto dichos planes son fundamentales y todos los actores públicos, privados y la sociedad civil orientaran su labor con dichos planes. El nuevo Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, aprobado por D.S. Nro. 013-2019-IN de fecha 21 de junio del presente, y vigente como política pública nacional de aplicación obligatoria en los tres niveles de gobierno (art. 2), en la fase 1 de diagnóstico revela que en el año 2018, solo el 47.7 % de los comités de seguridad ciudadana a nivel nacional lograron presentar a sus planes locales ante la Dirección General de Seguridad Ciudadana.

La formulación de los planes locales para el próximo año deberá realizarse con la debida anticipación, alineada al referido plan nacional y con un nuevo contexto normativo; es así que el D.S. Nro. 010-2019-IN de fecha 09/MAYO/2019 modifica el reglamento de la Ley 27933 del SINASEC, que establece en su disposición complementaria “…A partir del 01 de enero de 2020, se exigirá que los Planes de Acción de Seguridad Ciudadana se encuentren aprobados conforme el nuevo marco normativo establecido a partir de la expedición del presente D.S. …”  y su disposición final anuncia “la elaboración de una directiva sobre formulación, implementación, monitoreo y evaluación de los planes de acción…”, dicha directiva aún no se ha publicado, en tanto sigue vigente la Directiva Nro. 001-2015-IN, pero estimamos que será emitida en las próximas semanas. Los anteriores planes locales ahora se denominan “Planes de Acción de Seguridad Ciudadana” conforme a los artículos 17, 23 y 28 de la modificatoria del reglamento del SINASEC, los mismos que deberán ser alineados al nuevo plan nacional, y a su matriz de actividades del nivel sub-nacional, así como tendrán un enfoque de gestión por resultados, intercultural, género y articulados a los instrumentos del SINAPLAN (es decir la directiva de planeamiento estratégico emitida por CEPLAN); además el art. 47) sugiere que dichos planes deben articularse al  plan de desarrollo concertado regional de cada jurisdicción, su evaluación será de carácter anual, manteniéndose los informes trimestrales de seguimiento en su ejecución. Además los planes de acción una vez aprobados en sus comités de seguridad, se remitirán a los concejos regional o municipal para su aprobación por ordenanza, que permitirá su ratificación como política pública local de carácter obligatorio. Al respecto el tiempo disponible de  diez semanas que restan hasta el fin de año, son cortas para la formulación de los nuevos planes considerando las festividades de fin de año y el ambiente electoral que se viene, efectivamente se dispondrá una seis semanas, lo que supone que los secretarios técnicos tomen la iniciativa e impulsen la conformación de comisiones multisectoriales y convoquen a talleres participativos de diagnóstico, visión de futuro y formulación de políticas y actividades estratégicas; así lo viene impulsando el CORESEC de la región Puno, que vienen convocando para el 16 de octubre a un primer taller de socialización de su problemática de inseguridad, conforme se informa por CONASEC. Los plazos vigentes son los siguientes, los CODISEC (Comités Distritales de Seguridad Ciudadana) remiten hasta el 15 de enero del año próximo sus planes de acción al comité provincial; los COPROSEC deben remitir sus planes hasta el 1ro. de febrero y a su vez el CORESEC, comité regional remite su plan hasta el 16 de febrero al CONASEC. Cabe recordar que la estructura de los planes de seguridad ciudadana, considera: 1) Generalidades: Visión, Misión, Objetivos, Bases legales y alcances; 2) Diagnóstico: indicadores socio-demográficos, económicos, etc.; situación de la seguridad ciudadana local, estadísticas, mapeo de puntos críticos y de riesgos, problemática por sectores (educación, salud, etc.); 3) Recursos: humanos, logísticos y financieros y 4) Programación de Actividades, acordes a la matriz nacional y regional; además de sus anexos con el directorio del comité respectivo, las actas, resoluciones y documentos de sustento del plan. Un aspecto de suma importancia es el financiamiento, acorde al programa presupuestal 030 “reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana”, que deberá asignar cada gobierno local conforme a su autonomía y voluntad política. Por tanto señores alcaldes y secretarios técnicos iniciemos nuestra labor, para formular planes de acción de seguridad debidamente consistentes y viables, pues la seguridad ciudadana es un compromiso de todos. Que así sea.

(*) Email: ideasayni@gmail.com

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