Por Roberto Rendón Vásquez.
Con “ilusión” de convertirse en “populares”, gobernantes del Congreso y Ejecutivo han legislado que trabajadores retiren parte y/o todos sus fondos pensionarios jubilatorios. Obrando inconscientemente en la Comisión de Economía del Congreso nuevamente han propuesto que los asalariados puedan retirar sus fondos de las AFP hasta 4 UIT. Están generando la desgracia de los trabajadores que lleguen a la ancianidad. Recientemente el Presidente del Banco Central de Reserva señaló: “la ONP no cuenta con dinero y debe cambiar su mecanismo de aportes” – agregó – “habrá un problema de sostenibilidad sino se hace un sistema de pensión individual”.
Con el D.L. 19990 (24/04/1973) constituyeron el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social sustituyéndose a la Caja Nacional de Seguro Social, del Seguro Social del Empleado y del Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares y se estableció el sistema unitario central de pensiones de la Seguridad Social que comprendía a los trabajadores de las actividades privada, pública, cooperativistas, servidores del hogar, artistas, también independientes y facultativos. Sus fuentes financieras estaban constituidas por las aportaciones de empleadores y de los asegurados, el producto de las multas y recargos por las infracciones al D.L.19990, rendimiento de sus inversiones, intereses de sus capitales y reservas y donaciones que reciba. La entidad a cargo de este régimen es la Oficina de Normalización Previsional – ONP –. Tenían derecho a pensión jubilatoria los hombres a partir de los 60 años y las mujeres a partir de los 55 y su pensión era equivalente: los hombres al 50% de su remuneración y con 15 años y las mujeres 13 años completos de aportación porcentajes que se incrementaba en 2% los hombres y 2,5% las mujeres por cada año adicional completo de aportación. Su aportación es del 13% de sus remuneraciones. Las pensiones garantizaban una vida digna para los jubilados. Actualmente debido al establecimiento de “un fondo común solidario e intangible” el máximo de pensión en la ONP es S/893.00. Esto evidencia que las normas “actuales” que rigen en esta entidad han devenido en deficientes generando problemas para los que alcanzan la edad jubilatoria.
Ese sistema comenzó a “derrumbarse” con el D.L. N° 25897 (06/12/1992) que estableció el Sistema Privado de Pensiones (SPP) como alternativa al régimen administrado por el Estado con el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y se conformo las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) para “administrar los fondos de pensiones” por las empresas de seguros y entidades o instancias administradoras de los Fondos de Pensiones. Las AFP son sociedades anónimas de duración indefinida y su objeto es administrar los Fondos de Pensiones. Los trabajadores voluntariamente se afilian a las AFP, cualquiera sea su modalidad de trabajo y también independientes. Sus aportes constituyen Cuentas Individuales de Capitalización. De aquí obtienen la pensión “jubilatoria”. La aportación es del 10% de su remuneración, más la prima de seguros y la comisión que cobra la AFP. Al jubilado le corresponde su pensión según los montos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización. Este sistema pensionario tampoco es eficiente. Cada vez que han “establecido” que los aportantes retiren parte de “sus fondos” este ha ido disminuyendo.
El Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, promovido (1973) en el Ministerio de Trabajo, se propugnó establecer cuentas individuales para cada aportante. Este fondo estaba formado por los descuentos mensuales (13%) de su remuneración, capital que se incrementada mensualmente con intereses acumulados en 30 años más el rendimiento de inversiones en la ONP y reservas y donaciones. Lamentablemente tal régimen lo cambiaron a “un fondo común solidario e intangible” con lo que generaron un “sistema” deficiente. El Dr. Julio Velarde (BCR) tiene razón: debe retornarse al sistema de pensión individual. No es admisible legal y moralmente que un trabajador que ha aportado 30 años para su jubilación perciba sólo S/. 930,oo pensión mínima (se le descuenta para el Seguro Social recibiendo sólo S/ 893,oo).
Es tiempo que se enmiende “los errores” que generaron el sistema privado de pensiones (que realmente es negocio excelente de entes privados financieros). Necesario retornar al Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social con cuentas de pensión individual de cada trabajador (privado y/o público) y afiliados voluntarios.