Punto de Encuentro

“El Vía Crucis de Evitamiento”

El presente artículo responde al pedido que me hicieran varios amigos que sufren –al igual que cientos o miles de limeños- el congestionamiento vehicular de las mañanas en la Vía de Evitamiento, tanto en el sentido Norte a Sur y viceversa.

Tal vez los que lean estas líneas se sentirán identificados con ello, y –también- se hayan percatado del problema, y que en esta ocasión no atañe a la falta de cultura vial, irresponsabilidad de choferes, y demás patologías que sufre el conductor limeño, sino, por el contrario se trata de un tema de regulación administrativa, esto es, la proliferación de camiones en la Vía de Evitamiento.

Ahora bien, efectuaremos el análisis del “costo” de permitir a los camiones circular por la Vía de Evitamiento en “horas pico”, que van en dos horarios de 06:00 a 09:00 am, y de 05:00 a 09:00 pm, y para ello basaremos el mismo en las externalidades que se deriven de su actividad.

En primer lugar, es necesario señalar qué  entendemos por externalidades, al que definiremos como el costo no contratado que se genera a consecuencia de una actividad que son asumidos por terceros, y esta puede devenir en positivas y/o negativas.

En segundo lugar, haciendo un análisis de las externalidades que derivan de la circulación de los camiones en la Vía de Evitamiento en “horas pico” señalamos que la única externalidad positiva que genera es respecto al destinatario del producto que transporte, mientras que las externalidades negativas que son asumidas por los conductores de la Vía de Evitamiento (taxis, vehículos particulares y transporte urbano), las cuales podríamos resumir en congestión vehicular, son las siguientes: i) los camiones recorren la Vía de Evitamiento a una velocidad promedio de 50 Km/H (dependiendo de la carga que estén llevando esta velocidad puede disminuir hasta 40Km/H) y lo hacen –muchas veces- por los tres carriles habilitados, ii) los camiones aceleran más lentamente luego de una detención, lo que implica una mayor demora en el tráfico (en particular en el peaje de Santa Anita), y iii) el diseño vial de la Vía de Evitamiento no es el apropiado para la circulación simultánea de camiones, taxis, vehículos particulares y transporte urbano.

Entonces, la problemática de la congestión vehicular en la Vía de Evitamiento en “horas pico” podría ser fácilmente resuelta con una ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el cual se prohíba la circulación de los camiones en las horas antes señaladas; sin embargo, esta problemática que lleva varios años sin resolver no vislumbra la más mínima voluntad política de querer zanjarse.

Por el contrario, se ha manifestado en algún momento que una ordenanza en ese sentido podría ser catalogada como barrera burocrática, dado que estaría restringiendo el acceso al mercado y elevando los costos de transacción de las empresas de transporte a la que pertenecen estos camiones. Pero, ante ello, debemos abordar los elementos que tiene una norma que sea catalogada como barrera burocrática conforme a los precedentes de observancia obligatoria del INDECOPI, y estos comprenden los siguientes: i) la legalidad de la medida cuestionada, es decir, que no se haya respetado las formalidades, procedimientos y competencia al momento de emitir la norma, y ii) la razonabilidad, que supone la justificación a cargo de la autoridad, y que la medida adoptada no sea en favor del interés público.

Al respecto, cabe mencionar que una ordenanza que prohíba la circulación de camiones en la Vía de Evitamiento en “horas pico” no supondría una barrera burocrática, dado que la Municipalidad Metropolitana de Lima es la entidad competente para administrar, regular, y fiscalizar las rutas que comprenden la Red Vial Metropolitana, a la que pertenece la Vía de Evitamiento, por lo que no se cumple con el elemento de legalidad, y respecto a la razonabilidad, es precisa señalar que del análisis de externalidades propuesto en los párrafos precedentes, es notorio que estaríamos eliminando externalidades negativas que se generan por esta actividad y que son asumidas por terceros, por lo que se estaría regulando en aras del interés público, que podríamos denominar como “reducción del congestionamiento vehicular”.

Por último, en la medida que no se pretende eliminar la circulación de camiones en la Vía de Evitamiento, sino, reducirla a determinados horarios, la Municipalidad Metropolitana de Lima, debería compensar los costos en los que incurrirían estas empresas, otorgándoles beneficios en el sistema de peajes, o ciertas facilidades respecto a impuesto predial y arbitrios.  

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