Punto de Encuentro

Problema derivado de la inseguridad ciudadana.

Por Roberto Rendón Vásquez.

Nuestro país afronta diversos problemas. Al margen de los que devienen de las confrontaciones políticas del Ejecutivo y Legislativo, existen los de salud pública, educación, transportes, trabajo, seguridad ciudadana y otros más. No son problemas irresolubles. Los órganos Públicos (Ministerios, gobiernos regionales y municipales) deben solucionarlos en plazos previstos. Obviamente el Estado debe recaudar los impuestos y los municipios el autoevaluó y gabelas para proveer los fondos presupuestados para solucionar cada problema nacional.

Uno de los problemas graves que agobia a la población es la falta de eficiente seguridad ciudadana que últimamente se ha agravado con la “llegada” de delincuentes venezolanos, colombianos y de otros países que “actúan” en calles, centros comerciales, transportes y hasta en las viviendas. Sus víctimas son hasta niños y ancianos. Delinquen personalmente o en bandas. Son frecuentes: hurto, robo, estafa, extorción, lesiones, homicidio, cicariato, violación sexual, secuestro, tráfico de drogas, trata de personas (prostitución), delitos derivados de la corrupción en actividades públicas y/o privadas, etc. En datos de la Policía Nacional del Perú (PNP), en el primer trimestre del 2023 se registraron 26.652 robos, un promedio de 296 al día.

Los delincuentes capturados por la Policía son puestos a disposición del fiscal en lo penal quien debe formular la acusación ante el juez penal para que el delincuente sea procesado y condenado a pena efectiva de libertad si se le prueba el delito que ha motivado la acusación fiscal. La detención es en prisiones (cárceles) las que están a cargo del Instituto Nacional Penitenciario (INPE). Hay decenas de miles de delincuentes “detenidos”.

Otro problema es el hacinamiento en las cárceles que incrementa la inseguridad, hecho que “motiva” que fiscales y/o jueces no dispongan la detención del autor del ilícito penal; solamente “ordenan” en lo que (por razón de la cuantía) “denominan” “delitos “graves”. Hasta febrero del 2022 (según información del INPE) había 140.023 delincuentes en las 69 prisiones del país. Estas solamente tienen capacidad para 41.018 o sea que hay 87.558 que hacinaban las cárceles. En Lima hay 8 sin contar la del Callao y provincias limeñas. Esta “realidad” “impulsa” a que fiscales o jueces no siempre resuelvan la detención efectiva de los sentenciados sino les “confieren” detención domiciliaria, libertad con “restricciones”, semi-libertad, liberación condicional y/o generan indultos o conmutaciones de penas.

Los incisos 21 y 22 del artículo 139° de la Constitución establecen que los reclusos “ocupen establecimientos adecuados” y que “sean reeducados, rehabilitados y reincorporados a la sociedad”; Esto complica la situación porque el encarcelado es sostenido gratuitamente (“casa”, alimentación y salud). Estos gastos los paga el pueblo con los impuestos. Doble daño: los delincuentes roban causándonos daño y además debemos sostenerlos gratuitamente si por condena deben estar en cárceles. Son problemas relacionados entre sí que requieren que cada uno sea resuelto.

Ante esa carencia del número requerido de centros de reclusión el Estado debe edificar nuevas cárceles las que obligatoriamente sean centros de trabajo productores de bienes para comercializarlos donde los encarcelados trabajen y obtengan su salario para subsistir durante su prisión.

Por ende, debe modificarse la Constitución y las normas penales normando que en interior de los centros de reclusión (cárceles) se edifiquen centros de producción (fábricas) de productos comercializables en mercados, establecimientos donde puedan trabajar todos los detenidos. Estos centros de producción deben ofrecer las seguridades para evitar fugas.  Deben ser alquilados a empresarios de la actividad privada donde puedan equiparlos para producir bienes de su negocio y tener como “trabajadores dependientes y subordinados” sólo a encarcelados pagándoles las remuneraciones correspondientes. Consecuentemente debe normarse que obligatoriamente todo encarcelado debe trabajar para sufragar sus costos alimentarios, salud e íntegramente su subsistencia. Esos centros productivos pueden aplicar las obligaciones y derechos que correspondan al contrato y relación laboral. Laborando el encarcelado podrá sostener a su familia y ahorrar. Ello implica modificar la Constitución en la parte pertinente y aprobar leyes y reglamentos normando la mencionada obligación de trabajo y subsistencia de todo encarcelado, esté o no sentenciado.

Si el delincuente sabe que si lo encarcelan ya no lo van “a mantener gratuitamente” ello contribuirá a su rehabilitación. Los cambios repercutirán en la paulatina disminución de la delincuencia y mejorará la seguridad ciudadana.   

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