Legislativo no quiso entregar requerimientos de las adquisiciones de electrodomésticos, arreglos florales y computadoras de diseño gráfico.
La Contraloría General de la República (CGR) no encontró sustento en los pedidos de compra de electrodomésticos, arreglos florales y computadoras de diseño gráfico efectuada por el Congreso de la República del 23 de mayo al 14 de junio de 2018.
Así lo señala el “Informe sobre compra de electrodomésticos, arreglos florales y computadoras de diseño gráfico por el Congreso de la Repúblicas”, elaborado por el ente contralor.
“No encontramos en el expediente de contratación de la Adquisición de Electrodomésticos el sustento de cómo los citados bienes cumplirían con la necesidad de las áreas solicitantes. Al cierre de este informe no se alcanzó ninguna información al respecto, constituyéndose punto de atención para los futuros servicios de control a realizarse respecto a esta materia examinada”, concluye el documento.
Como se recuerda, el Congreso dispuso la adquisición de electrodomésticos por un monto total de S/ 254.346.00 y entre ellos ha solicitado la compra de 76 frigobares y 5 docenas de televisores de 43 pulgadas, lo que implicará un gasto de S/ 122.440.00 al Legislativo.
Por otro lado, la Contraloría señala, además, que en la contratación del “Servicio de Atenciones Protocolares” (adornos florales) no se describe con precisión la necesidad del servicio, y el sistema de contratación de suma alzada elegido no guarda relación con las particularidades de la presentación, dado que en el requerimiento se podría haber considerado mayor cantidad de arreglos florales a la necesaria.
Cabe indicar que de acuerdo a una denuncia periodística, el Congreso adquirió arreglos florales semanales “que decorarían las oficinas del presidente del Congreso Luis Galarreta, así como de la primera y segunda Vicepresidencia, de Mario Mantilla y Richard Acuña correspondientemente”.
“O pudiera darse el caso de que la presentación del servicio, culmine en un plazo menor y se generen mayores gastos a los inicialmente previstos, constituyéndose igualmente en punto de atención para los servicios de control a programarse respecto a la materia examinada”, indica el informe.
RECOMENDACIÓN
Asimismo, el instituto contralor recomienda poner de conocimiento a la entidad el contenido del presente informe, para que se tomen las acciones que correspondan y tengan en cuenta los hechos expuestos como puntos de atención en la planificación de los futuros servicios de control posterior a realizarse al respecto.
Al no encontrarse la documentación que sustente los citados requerimientos de televisores y frigobares que asegure la finalidad pública, se solicitó la misma, con oficio Nº 005-2018-CG/PEL-REC-CR de 7 de junio del 2018, a fin de confirmar los requisitos de la normativa correspondiente, “sin obtener respuesta”.
Como opinión, la entidad contralora subraya que la normativa de contrataciones del Estado establece que el área usuaria, al plantear su requerimiento, debe indicar la finalidad pública de la contratación del bien, servicio u obra.
Es decir, precisar cuáles son los intereses públicos en particular que se busca satisfacer con dicha contratación, finalidad pública que responderá a la naturaleza de las funciones de la entidad.
Eso es lo que pasaría respecto al requerimiento del servicio para atenciones protocolares (elaboración y distribución de arreglos florales), la cual no evidencia la documentación que describa, con precisión, la necesidad del servicio y la elección del sistema de contratación de suma alzada, de forma que el mismo guarde relación con las particularidades de la prestación.
Para los “Arreglos Flores Ocasionales”, en todos casos, se han consignado cantidades fijas, y no se ha sustentado la necesidad de la prestación ni se ha tenido en consideración que en la práctica, dicho servicio está sujeto a la eventualidad de que el hecho suceda.
“La forma de pago es mensual en doce armadas. El sistema de suma alzada se aplica cuando las cantidades y calidades de la prestación estén totalmente definidas en los términos de referencia de los servicios a adquirir”, refiere la Contraloría.
Sin embargo, añade que no es posible determinar con anticipación las fechas en que ocurrirán los eventos y, en otros casos, tiene fechas definidas en el año y el requerimiento efectuado, no refleja dicha situación.
“Se advierte que al estar sujeto el servicio no solo al plazo sino a los incrementos en el consumo, el monto contratado podría agotarse antes de los doce meses previstos de manera inicial”, concluye.
84,800
El Congreso de la República destinó 84 mil 800 soles para la adquisición de arreglos florales bajo el rótulo de “servicios de atenciones protocolares” para el presente ejercicio fiscal, según reveló la prensa a fines de mayo del presente año.
“Control concurrente”
El contralor general de la República, Nelson Shack, declaró en base a un “control concurrente” que las compras de televisores y frigobares realizadas por el Congreso en el mes de mayo “no tienen sustento”. “Hemos encontrado que no hay evidencias sustentatorias suficientes, de acuerdo a la normatividad vigente, para poder documentar y sustentar por qué se están comprando estos ítems”, explicó.
CALLAO
¿Sin inmueble para Contraloría?
Luego de tres años, el ente contralor hizo entrega del inmueble alquilado que tenía en la Provincia Constitucional del Callao y ni siquiera hizo uso de su garantía, por lo que pidió sea devuelta a la Subgerencia Financiera de la Contraloría.
En la carta Nº 0043-2018-CG/GAD dirigida a Yessenia Obregón, apoderada de la Asociación, Comunicación, Promoción, Desarrollo y Liberación (COPRODELI), la encargada de la Gerencia de Administración de la Contraloría, Carmen Condorchúa Vidal, le informa que utilizarán el inmueble hasta el 23 de julio de 2018, es decir hasta este lunes, y que ya no renovarán el contrato de alquiler.
“Sobre el particular, se le comunica que de acuerdo al “Acta de Entrega de Inmueble suscrita con fecha 24 de julio de 2015, el referido plazo finaliza el 23 de julio del 2018, por ello, a la finalización del plazo contractual antes señalado, procederemos a hacerle entrega del precitado inmueble; efectuando como corresponde, los arreglos que resulten necesarios a fin de devolverlo en el estado en que se recibió, sin más deterioro que el uso ordinario, acorde a lo regulado en el numeral 10 del artículo 1681 del Código Civil.
“Agradeceremos que realice, directamente a la Subgerencia de Finanzas de la Contraloría General de la República (…) para efectuar la devolución de la garantía equivalente a 6 mil 360 soles”, indica.
(MARÍA TERESA GARCÍA)
(Fuente www.expreso.com.pe)