Punto de Encuentro

¡VAYA CON LA VALLA!

La palabra Balotaje, proviene del francés ballotage y corresponde a la elección de un candidato a través deuna segunda vuelta la cual se practica en caso ningún candidato hubiese obtenido la mayoría de votos o el porcentaje mínimo legalmente establecido, de modo tal que se procede a definir al ganador en una nueva elección entre los dos candidatos más votados. Su aplicación se busca reducir la dispersióny fragmentación de los votos para así fortalecer al candidato ganador, lo que teóricamente debe redundar además en la mejora en las condiciones de gobernabilidad.

Bajo esta lógica, todo parece suponer que desde la parcela Congresal se aprobaría una modificación de la Ley de Elecciones Regionales buscando elevar el porcentaje de votos necesarios para acceder a una gubernatura regional, pasando del porcentaje actual del 30% al 40%, de modo tal que en caso este porcentaje no se logre, se pasaría al balotaje entre los candidatos con mayor votación.

Las razones que sustentan esta medida, según refieren los integrantes de la bancada que propone la modificación, no se refieren al fortalecimiento de las autoridades, por el contrario se pone de manifiesto en el nivel legitimidad de las autoridades electas, el cual según refieren, ha decrecido periódicamente, lo que justificaría elevar el porcentaje de votos necesarios para acceder al máximo cargo departamental mal llamado regional.

Sobre el particular ya se han alzado algunas voces señalando que el dictamen tiene defectos concomitantes, pues la legalidad de una elección, efectivamente, no se traduce en el número de votos que obtiene un candidato sino en las características que envuelven al proceso electoral en sí, pues si la elección es transparente, con apego a la normatividad, se desarrolla bajo condiciones de igualdad y libre competencia, estaremos ante una elección legítima y por ende, tenderemos autoridades legítimas. El número de votos obtenidos resulta irrelevante.

Es entonces que surge otro concepto que no ha sido mencionado en el dictamen y se refiere a la representación.Subyace a la necesidad de practicar una segunda vuelta si esta se analiza bajo la perspectiva de la representación ciudadana, pues no podría hablarse de autoridades representativas si éstas son electas con un número mínimo de votos, ¿A quién representa una autoridad que es electa con solo el 10% de los votos?

Sin embargo, valgan verdades, elevar el porcentaje de votos tampoco asegura necesariamente contar con mejores autoridades y los ejemplos se presentan solos, muchos de los Presidentes Regionales elegidos en el 2014 no necesitaron de una segunda vuelta para acceder al cargo y actualmente están condenados o prófugos, como es el caso de Gregorio Santos en Cajamarca; igualmente, se practicó una segunda vuelta en Ancash y Waldo Ríos accedió por esa vía a la gubernatura, igual que Gerardo Viñas en Tumbes en el 2010.

Dicho esto, no queda más que concluir que si los partidos y en especial los movimientos regionales se empeñan en mantener el caudillismo como marca registrada, si se sigue mirando de costado a la democracia interna, dejándola como una simple figura decorativa, seguiremos teniendo la calidad de autoridades departamentales que, lamentablemente, tenemos y no merecemos.

 

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