La Dra. Carmela de Orbegoso, Especialista en Derecho Constitucional, advirtió que recientemente en el Congreso de la República ha sido presentado un Proyecto de Ley, por la Bancada del Frente Popular Agrícola del Perú, (FREPAP) el cual propone en su Fórmula Legal una "Ley que impone un impuesto directo solidario a las grandes fortunas, particulares, de grupo económico y de empresa en general, en base a sus funciones legislativas".
Explicó que ese pretendido Proyecto de Ley, es ajeno a la dimensión histórica y el significado del tributo como medida de recaudación creando una incertidumbre jurídica sobre el derecho a la propiedad, a los ahorros, inversiones y a la empresa entre otros debidamente garantizados desde su antecedente en la Constitución Política del Perú de 1,979 y por nuestra actual Constitución Política del Perú de 1,993 vigente.
La Dra. de Orbegoso precisó que este impuesto sería inconstitucional pues atenta no solo contra los derechos fundamentales de la persona que son la base de la sociedad y el desarrollo de un país, infringe además contra el Art 59 de nuestra Constitución Política vigente que a la letra dice: "El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria".
“No se puede crear impuestos ciegos confiscatorios en función a una necesidad de hacer caja o crecimiento del PBI en base a eventualidades o circunstancias nacionales o globales como la actual pandemia del COVID-19, que se ve claramente reflejada en la economía nacional y que ha constituido el nuevo valor de las propiedades y de las empresas en un devaluado valor de mercado y más aún cuando por la crisis actual, se tendrá que recurrir al fraccionamiento de pago de los impuestos tributarios”, señaló.