Fernando Rodríguez Patrón
Hasta hace pocos años, Perú, Bolivia y Venezuela eran los únicos países en el contexto sudamericano que no permitían el financiamiento público directo a los partidos políticos. En el caso peruano, pese a que desde el año 2003 su aplicación estaba prevista en la Ley de Partidos, en la práctica la norma era inaplicaba por un mero tecnicismo legal, el cual en el fondo no era más que una excusa, pues en el colectivo ciudadano existía un natural rechazo a la idea que con el dinero estatal se financien las actividades de los partidos políticos, más aún si subyacía la idea que dicho dinero podría ir directamente a los bolsillos de los líderes partidarios. Los partidos debían financiar sus actividades y sobre todo las campañas electorales con el financiamiento privado.
Dentro de este contexto, debe tenerse presente que el financiamiento privado posibilitó que grandes intereses económicos asumieran el financiamiento de los partidos y principalmente sus campañas electorales; sin embargo, como es conocido, muchas veces esto se llevó a cabo bajo la mesa, sin que el aporte sea declarado por el aportante ni por el partido o candidato beneficiado, lo que generó que el aporte sea considerado por quien lo brindó como una inversión y a la vez que este considere a quien lo recibió como su deudor, quien debía subyugarse a sus intereses particulares luego de asumir el cargo para el cual fue elegido.
Lo dicho motivó que desde todas veredas se plantease la necesidad de implementar el financiamiento público directo, pues mitigaría la probada incapacidad partidista de generar ingresos por sí mismos y les permitiría financiar sus actividades así como cumplir con los fines y objetivos señalados en la propia Ley, entre éstos, capacitar a sus afiliados, elaborar planes de gobierno, realizar actividades de investigación, constituir comités provinciales, etc., sin embargo, no fue sino hasta el año 2017, catorce años después, que mediante Decreto Supremo N.º 064-2017-EF, se autorizó una partida presupuestaria que otorgó dinero en efectivo de forma proporcional, a cada organización política que contaba con representación parlamentaria.
Sin embargo, resulta paradójico que aquello que en su momento demandásemos como una implementación prioritaria, resultó posteriormente a la luz de los resultados, cuando menos revisable. En efecto, el destino que los partidos dieron a los dineros recibidos lamentablemente pasó por el poco riguroso tamiz del propio criterio partidista, único competente para interpretar en que podrían utilizarse estos fondos. Baste señalar que diversos informes periodísticos han revelado que el financiamiento público fue utilizado para el pago de maestrías de sus propios directivos, para contratar empresas consultoras de muy dudosa reputación o recién formadas o integradas por los terceros cercanos al partido contratante, para financiar viajes y sueldos de directivos, etc., es decir, fue usado por los partidos para el beneficio de sus cúpulas.
Pero eso no es todo. Por si fuera poco, desde la sede parlamentaria, lejos de establecer más y mejores filtros de verificación o dotar de mayores facultades a la ONPE para la supervisión de la utilización de fondos públicos por parte de los partidos, esta semana se ha aprobado una nueva modificación a la Ley de Partidos que amplía el espectro de utilización de estos fondos, los cuales podrán ser utilizados por los partidos para contratar asesores externos que los asesoren en los juicios que sus directivos tengan, es decir, una vez se aprobaron normas que desnaturalizado la razón que fundamenta el financiamiento público, solo sirven a intereses personales.
Dicho esto, poco queda por hacer, pues estando a pocos meses de la convocatoria para las Elecciones Generales del año 2026 y con ello eliminarse temporalmente las posibilidades de introducir necesarios cambios (mejoras) en las normas electorales, únicamente resta esperar que las normas contra reformistas cesen y que una vez concluido el proceso se inicie una real reforma y efectiva electoral que enmiende todas las deficiencias legales que lastiman nuestro sistema.