Perú 2026: Vuelve el Parlamento Bicameral 33 años después
Por Rafael Rodríguez Campos
El domingo 12 de abril de 2026 aproximadamente 20 millones de electores acudimos a las urnas para elegir a los miembros del nuevo Congreso de la República para el periodo constitucional 2026 – 2031. Se trata de un Parlamento cuya estructura es bicameral, es decir, está conformado por el Senado y la Cámara de Diputados. El Senado está integrado por un número mínimo de sesenta senadores (60) y la Cámara de Diputados por no menos de ciento treinta diputados (130), elegidos en ambos casos por un periodo de cinco años.
Al respecto, consideramos necesario dar a conocer algunos aspectos importantes (generales) del Nuevo Reglamento del Congreso de la República, aprobada mediante RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 004-2025-2026-CR, publicada el jueves 13 de noviembre de 2025.
Principios parlamentarios
En primer lugar, debemos ocuparnos de lo que son los principios del Derecho Parlamentario en el Perú. Así, en el referido reglamento se hace mención a doce principios generales que orientan la función parlamentaria en el Perú:
- Principio de soberanía y autonomía: El Congreso de la República es soberano en el ejercicio de sus funciones. Tiene autonomía normativa, económica, administrativa y política, sanciona su presupuesto y gobierna su economía. Ninguna autoridad, bajo responsabilidad, puede avocarse a materias de competencia parlamentaria ni interferir en el ejercicio de sus funciones[1].
- Principio de lealtad constitucional y defensa de valores democráticos: Los senadores y diputados actúan con sujeción a la Constitución Política del Perú y a los principios y valores democráticos que ella consagra, promoviendo en todo momento la defensa del orden constitucional, el respeto al Estado de derecho y la protección efectiva de los derechos fundamentales[2].
- Principio de primacía del interés público: La labor parlamentaria se realiza en función del interés público orientada a la consecución del bien común y a la promoción de los intereses generales de la nación. Se privilegia el interés colectivo sobre los intereses particulares o individuales[3].
- Principio de representación política: Los senadores y diputados, en el ejercicio de sus funciones, pueden expresar, defender y promover las posiciones ideológicas, programáticas y partidarias que representan dentro del marco del respeto a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a la ética parlamentaria[4].
- Principio de igualdad y no discriminación: Los senadores y diputados tienen la misma jerarquía constitucional. Gozan de los mismos derechos funcionales y están sujetos a las mismas obligaciones e incompatibilidades que establece el presente reglamento, sin discriminación de ninguna índole, de conformidad con los reglamentos de las cámaras[5].
- Principio de transparencia y responsabilidad ética: Los procedimientos y decisiones del Congreso de la República, de sus cámaras y de sus órganos parlamentarios son públicos, salvo las excepciones establecidas en los reglamentos. Sus integrantes actúan conforme a las normas, la ética y el respeto a la investidura parlamentaria[6].
- Principio de respeto al debate y votación democrática: Los acuerdos parlamentarios son el resultado de un debate previo y de una votación democrática, orientados a la toma de decisiones que respondan al interés público y al bienestar general de la nación[7].
- Principio de pluralismo y proporcionalidad: En la conformación de los órganos parlamentarios se debe procurar la participación proporcional y plural de los grupos parlamentarios representados en el Congreso de la República o en sus cámaras, según corresponda[8].
- Principio de inviolabilidad de los recintos e instalaciones parlamentarios: Los recintos e instalaciones parlamentarios son inviolables. Ninguna autoridad ni fuerza pública puede ingresar a ellos sin autorización previa y expresa del presidente del Congreso de la República o del presidente de la respectiva cámara[9].
- Principio de calidad parlamentaria: La actuación parlamentaria se rige por el principio de calidad en el procedimiento legislativo, en el ejercicio del control político y en la labor de representación[10].
- Principio de innovación, mejora continua y desarrollo institucional: El Congreso de la República y sus cámaras, en el marco de sus competencias, promueven la innovación y la mejora continua de los procedimientos parlamentarios y administrativos; incorporan progresivamente tecnologías de la información que contribuyan al desarrollo institucional y aseguran la disponibilidad, la transparencia, el acceso, la integridad, la autenticidad, la confidencialidad, la seguridad y la conservación de los datos e información, según corresponda[11].
Funciones parlamentarias
En segundo lugar, es importante ocuparnos de las cuatro funciones básicas del parlamento peruano:
- Función legislativa: comprende la presentación de la proposición legislativa, el debate de reformas a la Constitución Política del Perú, el debate de leyes, de resoluciones legislativas y de resoluciones legislativas del Congreso, y su aprobación, así como la interpretación, modificación y derogación de estas, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Constitución Política del Perú, en el presente reglamento y en el reglamento de cada cámara[12].
- Función de control político: comprende la concurrencia del Consejo de Ministros o del ministro, la invitación a los ministros para informar, la interpelación, la presentación de los ministros ante el Congreso o ante sus cámaras por propia iniciativa, la estación de preguntas, la cuestión de confianza, la moción de censura, el control político sobre los actos normativos del Poder Ejecutivo, los pedidos de información, las investigaciones parlamentarias, la fiscalización sobre la gestión, el uso y la disposición de los bienes y recursos públicos, los informes establecidos por ley, el mensaje anual del presidente de la República y los que realice ante el Congreso y, en general, los actos y procedimientos parlamentarios cuyo mandato de control provengan de la Constitución Política del Perú, de los reglamentos de las cámaras y de las leyes especiales[13].
- Función de representación política: Los senadores y diputados representan a la nación. Este mandato comprende las acciones de intermediación e interacción con la población para conocer sus inquietudes y expectativas sobre cualquier asunto de interés público y, de ser el caso, procesarlas para su atención a través de sus funciones parlamentarias, de acuerdo con la Constitución Política del Perú, el presente reglamento y los reglamentos de cada cámara, según corresponda[14].
- Funciones especiales: comprenden la elección, designación, ratificación y remoción de los altos funcionarios del Estado, así como la vacancia de la Presidencia de la República. Son funciones especiales designar al contralor general de la República, elegir al defensor del pueblo, así como a los miembros del Tribunal Constitucional y al Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, y ratificar al presidente del Banco Central de Reserva del Perú y al superintendente de banca, seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones, tramitar la vacancia del presidente de la República, y la remoción por causa grave de los altos funcionarios del Estado en los casos expresamente establecidos, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, el presente reglamento y el Reglamento del Senado[15].
Estatuto de los Congresistas de la República
Por último, es necesario abordar cuatro tópicos que constituyen el denominado “estatuto parlamentario” en el Perú. Nos estamos refiriendo a la denominación oficial, mandato representativo, irrenunciabilidad del cargo y garantías de la función congresal.
Primero, debemos saber que los representantes al Congreso de la República se denominan senadores y diputados según formen parte del Senado o de la Cámara de Diputados, respectivamente. En los documentos oficiales se puede utilizar, debajo de su nombre, la denominación “Senador de la República” o “Diputado de la República”, según corresponda[16].
Segundo, debemos conocer que los senadores y diputados, en su calidad de representantes de la nación, no están sujetos a mandato imperativo[17].
Tercero, debemos recordar que el cargo de senador o diputado es irrenunciable. Solo vaca por muerte, inhabilitación física o mental permanente que imposibilite el ejercicio de la función y por inhabilitación superior al periodo parlamentario o destitución en aplicación de lo establecido en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú[18].
Cuarto, debemos tener presente que los senadores y diputados no son responsables ante autoridad, órganos parlamentarios ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emitan en el ejercicio de sus funciones[19].
Apunte final
Por lo antes expuesto, queda claro que el cargo de Senador o Diputado de la República (congresista, en general) es uno de naturaleza estrictamente política. Cuentan con funciones y prerrogativas que les permiten representar políticamente a los ciudadanos con total y absoluta libertad siempre y cuando no sobrepasen los límites que la Constitución y sus reglamentos les imponen.
En esa línea, es fundamental que los ciudadanos entiendan, por ejemplo, que los congresistas no tienen iniciativa de gasto, que no pueden ejecutar obras, y que no puedan celebrar contratos ni gestionar asuntos propios o ajenos ante entidades públicas que administren tributos.
En suma, es necesario que los ciudadanos sepamos con claridad cuáles son sus funciones y cuáles son sus prerrogativas para, a partir de ello, evaluar objetivamente su desempeño sobre todo cuando se trate de aquellos congresistas que seguramente nos volverán a tocar la puerta en busca de su reelección en las próximas Elecciones Generales 2031.
[1] Reglamento del Congreso de la República (Artículo II).
[2] Reglamento del Congreso de la República (Artículo III).
[3] Reglamento del Congreso de la República (Artículo IV).
[4] Reglamento del Congreso de la República (Artículo V).
[5] Reglamento del Congreso de la República (Artículo VI).
[6] Reglamento del Congreso de la República (Artículo VII).
[7] Reglamento del Congreso de la República (Artículo VIII).
[8] Reglamento del Congreso de la República (Artículo IX).
[9] Reglamento del Congreso de la República (Artículo X).
[10] Reglamento del Congreso de la República (Artículo XI).
[11] Reglamento del Congreso de la República (Artículo XII).
[12] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 3).
[13] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 4).
[14] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 5).
[15] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 6).
[16] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 16).
[17] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 17).
[18] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 18).
[19] Reglamento del Congreso de la República (Artículo 21).