Punto de Encuentro

Adolescentes deben tener Responsabilidad Penal

A Partir de los Dieciséis Años de Edad

Por:    Carmela De Orbegoso

            Doctora en Derecho

            Magister en Derecho Penal

El Derecho Penal tiene como función esencial la protección de la persona humana y bienes jurídicos no solo de manera individual, sino también de la sociedad en su conjunto, lo cual implica que toda persona deba ser sancionada, previo un proceso justo y con el respeto de las garantías procesales de acuerdo a sus hechos.

El delito juvenil

La Ciencia Penal ha evolucionado notablemente en el estudio de las ciencias conexas, quedando relegada la teoría penal clásica. La penalidad es la fuerza coercitiva de la ley y se tiene que adecuar al Siglo XXI de acuerdo a un nuevo modelo y escala del delito en las edades. Solo así la penalidad será la respuesta de acuerdo al espacio y tiempo histórico que hoy vivimos, y esta Tesis proclama la Defensa de la Vida y el Orden Social, y sustenta que los jóvenes a partir de los dieciséis años tienen plena convicción jurídica cuando quebrantan la ley debiéndose ajustar la penalidad para reprimir el delito juvenil.

Atribuir responsabilidad de carácter penal a un menor de edad ha sido materia de debate de muchos años en los sistemas penales de cada continente. Sin embargo, a partir de los años ochenta surgió una fuerte tendencia hacia la protección integral del menor de edad, ello en virtud del famoso principio del Interés Superior del Niño, que debería estar en todo caso más enfocado al infante y al niño hasta los doce o catorce años de edad, pues estudiosos posmodernos de la psicología y educadores describen que desde los doce a catorce años de edad es cuando realmente el ser humano diferencia lo malo de lo bueno y aunque tal vez no sepan lo que es una estafa o una letra de cambio, pero sí tienen conocimiento de lo que significa robar, matar, golpear, mentir, etc.

Leyes actuales

Sin embargo, por nuestras leyes actuales, la protección social y del Estado está orientado siempre a la de un menor de edad, y aunque una persona a partir de los dieciséis años ya deja de ser un niño, y pasa a otra etapa de su vida, asumiendo roles (padres, profesional, algún oficio, etc.) y responsabilidades de acuerdo a nuestro Código Civil.

Estos ejemplos nos dan a entender que ya no nos encontramos ante personas que no tienen capacidad de entender lo que hacen ni lo que dicen, sino al contrario, ya estamos ante personas con plena capacidad en la dirección de sus vidas y por qué no, para responder por sus delitos ante la ley.

Adolescentes juveniles delincuentes

Nos preguntamos entonces: ¿Cuál es la línea que divide el conocimiento del delito o el crimen, más aún entre los 16, 17 y 18 años? En las encuestas y los récords policiales cada vez son mayores las cifras de, adolescentes juveniles delincuentes que componen el crimen organizado. Y por ello, es necesario evaluar seriamente el sistema de justicia juvenil en nuestro país y de manera específica a los adolescentes como inimputables

Código Penal actual

Esto es, que no pueden responder penalmente ante la justicia penal, así hayan matado a uno a un centenar de personas, así hayan ultrajado sexualmente a una niña (a quien la han frustrado su vida para siempre debido al grave daño psicológico y físico), además de matarla, así hayan desfigurado a otras personas de manera permanente, así vengan extorsionando a personas humildes que trabajan en sus pequeños negocios y en fin, una serie de delitos en sus más tristes manifestaciones que se vienen comprobando en casi todo nuestro país, y que por ser inimputables además por su edad ante el Código Penal actual, ello los invita a reincidir, pues para todo tipo de delito mayor o menor en el delincuente juvenil es una infracción y no un delito.

La Sanción y la Pena

Y debemos agregar que entre la Sanción y la Pena hay mucha diferencia, pues la Sanción es un Acto Administrativo y la Pena es Reeducativa y hoy por hoy, cuando al delincuente juvenil se le priva de su libertad, no está en la cárcel; la resolución del Juez que ordena imponerle una Sanción y encerrarlo No es una Sentencia y el Proceso No es un Proceso Penal. sino un mero trámite; así mate, robe, comercialice drogas, etc., además de ser utilizados por las grandes mafias de crímenes organizados.

Ajustarse penalmente a los tiempos

Nuestras leyes deben ser reguladas y ordenadas en nuestra sociedad, por las autoridades competentes en el tema de manera urgente, y ajustarse penalmente a los tiempos reales en que vivimos, estableciendo que los adolescentes a partir de los dieciséis años de edad, deben ser igualmente responsables ante el delito y como consecuencia de ello, con el respeto al debido proceso, deberán ser juzgados penalmente al igual que una persona mayor de edad y ser civilmente responsables ante la ley, y de esta manera la protección social del Estado será más eficiente, en la finalidad de proteger la vida humana y disuadir la gran cantidad de delitos que se comete día a día por adolescentes en nuestro país.

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