Punto de Encuentro

¿Cómo se forman los fondos jubilatorios de los trabajadores?

Por Roberto Rendón Vásquez

En los últimos años en el Poder Legislativo han aprobado disposiciones legales para que los trabajadores dependientes y subordinados a un empleador, puedan retirar sus fondos jubilatorios. Estas “normas” han sido consideradas perjudiciales a los trabajadores, sobre todo a los que están cercanos a adquirir su derecho jubilatorio.

Consideramos necesario explicar cómo se forman los fondos jubilatorios de los trabajadores, pues, sus pensiones jubilatorias solamente se pagan de los propios fondos que en el correr de su vida laboral han formado los trabajadores, más los intereses que han producido esos fondos en el correr del tiempo. Y, para hacerlo tomamos como ejemplo explicativo que un trabajador al inicio de su relación laboral, percibía S/.1.000,oo mensuales y que con el correr del tiempo fue incrementando paulatinamente su remuneración. En el ejemplo explicativo se “considera” que cada año laboral se le aumentaba S/.100,oo. En este ejemplo tomamos como referencia que para la O.N.P. el aporte mensual es del 13% de su remuneración en cada mes. (Para alas A FP el aporte es diferente. Lo explicaremos por separado), Veamos en la O.N.P. de servicios:

En el primer año ganaba S/.1.000,oo y se le descontaba (aportaba) el 13% o sea S/.130,oo cada mes.

S/.1.000,oo, Aporte 13% o sea S/.130,oo cada mes. Y en un año calendario ha percibido S/.12.000,oo y ha aportado (descontaban) 1.560.oo.

Al segundo año, S/.1.100,oo y aportaba 143,oo cada mes. Al años ganaba S/.13.200,oo y aportaba S/. 1.716,oo. A este aporte debe sumarse el del año anterior de Más S/.1.560.oo da un total de S/.3.276,oo.

Tercer año, ganaba S /.1.200,oo y al año S/.14.400,oo y el descuento da S/.1.872,oo y lo acumulado de S/.3.276,oo da S/.5.148,oo.

Cuarto año, ganaba 1.300,oo y al año S/.15.600,oo y el descuento de S/.2.028,oo y agregando los S/.5.148,oo da S/.7.056,oo.

Quinto años, ganaba S/.1.400,oo y al año S/.16.800,oo, el descuento S/.2.184,oo  y más los S/.7.056,oo da S/.9.240,oo

Sexto año, ganaba S/.1.500,oo, y en el año S/.18.000,oo y el descuento era 2.340,oo y más los S/.9,240,oo da S/.11.580,oo.

Séptimo año, percibía S/.1.600,oo y al año S/.19.200,oo; el descuento S/.2.340,oo  y los S/.11,580,oo da S/.13.920,oo.

Octavo año, recibía S/.1.700,oo y al año S/.20.400,oo, el descuento S/.2.652,oo más los S/.13.920,oo, da S/.16.572,oo.

Noveno:0 S/.1.800,oo por mes y al año S/.21.600,oo, el 13% S/.2.19.300,oo808,oo  más los S/.16.572,o da S/.19.380,oo.

Décimo: 1.900, oo mensual y al año S/.22.800,oo, el 13% da S/.2.964,oo y los S/.19.380,oo, igual S/.22.344,oo.

Undécimo: S/,1.900, oo mensual, anualmente S/.22.800,oo; el 13% es 2.964,oo, y los total S/.22.344,oo., acumulado S/, 25.308,oo.

Duodécimo: S/. 2.000,oo da S/.24.000,oo; el 13% igual S/.3.120,oo acumulado en el fondo S/.28.428,oo.

Trigésimo: S/.2.100,oo mensual, al año S/.25.200,oo, el 13% es S/.3.275,oo y más S/.28.428,oo, igual S/.31.714,oo

14 año, S/.2.200,oo igual S/.26,400,oo, el 13% da S/.3.432,oo, SA/. 31.714,oo, igual S/.35.146,oo.

Año 15, S/.2.300 mensual, al año S/.27.600,oo,; el 13% es S/.3.588,oo y más S/.35.146,oo, da S/.38.734,oo.

Año 17, S/. 2.400,oo por 12 SA/.28.800,oo; 13% 3.744,oo y más los S/. 38.734,oo da S/.42.478,oo

Año 18.- S/. 2.500 mensual y al año S/.30.000,oo; el 13% S/.3.900,oo; mas S/.42.478,oo da S/.46.378,oo

Año 19, S/.2.600,oo mensual igual S/.31.200,oo;el 13% S/.4.056,oo y más los S/.46.378,oo da S/.50.434,oo.

Año 20, S/.2.700,oo igual S/.32.400,oo; el 13% S/.4.212,oo y más los S/.50.434,oo. Igual S/.54.646,oo.

Año 21, S/.2.800,oo mensual, al año S/.33.600,oo, y el 13%, S/. 4.368,oo, y más los S/.54.646,oo, da S/. 59.014,oo.

Año 22, S/.2.900,oo mensual, al año S/.46.800,oo; el 13% S/.6.084,oo y más los S/.59.014,oo da S/.65.098,oo.

Año 23, S/.3.000,oo mensual, al año S/.36.000,oo por 13% S/.4.600,oo, agregado los 65.098,oo da S/.69,698,oo.

Año 24, S/.3.100,oo mensual, al año S/.37.200,oo; el 13% 4.836,oo, agregándose los S/. 69.698,oo da S/.74.534,oo.

Año 25, S/.3.200,oo mensual, igual S/.38.400,oo, 13%, S/.4.992,oo y más 74.534,oo da S/.79.526,oo.

Año 26.- S/.3.300,oo mensual, al año S/.39.600,oo el 13% s S/.5.148,oo, más los S/.79.526,oo, da S/.84.674,oo.

Año 27, S/. 3.400 mensual y al año S/.40.000,oo, el 13%, S/.5.304,oo y agregado los S/.84.674,oo da S/.89.978,oo.

Año 28, S/.3.500,oo mensual y al año S/.42,000,oo; el 13% S/.5.460,oo sumado a los 89.978,oo da S/.95.438,oo.

Año 29, S/.3.600 mensual, al año S/.43.200,oo, y el 13%, S/.5.616,oo y agregado los S/.95.438,oo da S/.101.054,oo.

Y al año 30 de trabajo, ganaba S/. 3.700,oo mensual y al año S/.44.400,oo; el 13% de descuento S/.5.772,oo y más los S/.101.054,oo da S/.106.826,oo, que ha acumulado por sus propios aportes que le descontaba su empleador.

A esta cantidad hay que sumarle por intereses que cada mes y cada año de servicios le producían sus aportes con lo que su fondo jubilatorio se ha incrementado notablemente en los 30 años de servicios.

Total, de sus aportes más los intereses legales (y/o ganancias que han producido en inversiones que hace la recaudadora) la una suma es importante. Bien, de los intereses que produzca dicha suma y más los intereses que haya ganado ese fondo, se le pagará sus pensiones jubilatorias.

Por ende, no es dinero del Estado ni de las AFP, es su propio dinero que le permite el pago de sus pensiones jubilatorias cada mes. ¡Esta es la verdad!

NOTICIAS MAS LEIDAS