Punto de Encuentro

El problema financiero en el aeropuerto de Chinchero

 

En los últimos días, la aprobación de la adenda al contrato del consorcio Kuntur Wasi para construcción y operación del aeropuerto de Chinchero ha generado gran controversia. El problema, aunque se hable en todos los medios, no llega a entenderse por las complejidades técnicas y financieras que encierra un contrato ambiguo.

¿Por qué el Estado prefirió la salida de la adenda?

En un principio, el Proyecto se convocó como una asociación público privada estructurada de la siguiente manera:

 

-          Primera etapa, el Estado invertiría $ 140 millones correspondiente a la adecuación y movimiento de tierras

-          Segunda etapa de ejecución de obras, Kuntur Wasi invertiría $265 millones que serían pagados por el Estado durante 15 años en cuotas trimestrales (PAO)

-          Tercera etapa correspondiente a obras adicionales y equipamiento por $115 millones que correría a cuenta de Kuntur Wasi,

-          Finalmente el costo por supervisión de obras que asciende a $21 millones

Por lo tanto, tenemos un total de inversión por toda la obra de $530 millones. Entonces ¿Qué ocurrió para que, sumados a la inversión total, tengamos que pagar $590 millones en intereses?

¿Se olvidaron del costo financiero?

El problema surge cuando el Consorcio presenta su contrato de endeudamiento garantizado en el que muestra una estructura financiera que contempla un interés del 22%, el cual es rechazado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), por considerar que dicha tasa generaría un perjuicio económico para el Estado.

Este entrampamiento derivó en la firma de la adenda, como dije en la introducción, ¿Por qué el Estado no resolvió el contrato? Al parecer el Estado estimó que el contrato celebrado entre el Consorcio y el gobierno Humalista no fijaba la tasa de interés en la fórmula de pago del cofinanciamiento, por lo que, rescindir el contrato hubiera significado no sólo demora en la ejecución, sino altas probabilidades de perder el juicio en el CIADI.

Sin embargo, ¿Por qué el interés que presenta la empresa es tan alta? Si bien se ha especulado que la baja rentabilidad y solvencia de Andino Investment Holding, que forma parte del Consorcio Kuntur Wasi, los representantes de la empresa han señalado que, no obstante el financiamiento se consiguió por 7.5%, la fórmula del PAO (los pagos trimestrales que le debe hacer el Estado al Consorcio) no incluye los intereses generados por el descalce entre la ejecución de obras financiadas por el Concesionario y el pago de las obras por parte del Estado. Resumiendo, son 5 años de intereses generados y capitalizados que no están incluidos en el cálculo del PAO, y que en su equivalencia correspondería la tasa de 22% que se presentó en el cierre financiero.

En este punto, llama la atención que el Consorcio ha señalado que monto presentado en su propuesta económica no incluía el costo financiero del proyecto, es decir que los $ 265 millones solo contempla “fierro y cemento” para la obra.

La fórmula

El problema radica entonces en la ambigüedad del contrato al momento de elaborar la fórmula de determinación del PAO trimestral. Efectivamente, si revisamos el anexo 23 del contrato se puede corroborar que la tasa de interés no se ha fijado ni tampoco acotado entre límites máximos y mínimos, no obstante si se hace mención que la tasa utilizada será la equivalente a la tasa del cierre financiero más un spread de 2.5%

El Spread 2.5%

Sin embargo, en la opinión de OSITRAN (El Peruano 07 de enero del 2014) se detalla que el spread de 2.5% aseguran los intereses producidos por el mencionado descalce, con lo cual Kuntur Wasi se quedaría sin sustento técnico para la adenda.

Finalmente somos testigos de una seguidilla de errores que empiezan con el monto adjudicado, que fue casi la mitad del valor referencial, pues no se tuvo el cuidado necesario por pedir una estructura de costos detallada para evitar que el postor subestime el costo y pongan en riesgo la ejecución de las obras. Si eso se hubiera hecho se habría sabido que el postor no estaba incluyendo el costo financiero en su propuesta.

También es necesario, señalar que las aclaraciones hechas por OSITRAN debieron ser recogidas por PROINVERSION y debieron figurar en el contrato para evitar la mala interpretación.

Ante esta tesitura, el Gobierno ha tratado de buscar una “solución” no exenta de polémica, a saber, ahorrase los intereses adquiriendo prácticamente todo el riesgo financiero y constructivo y haciendo en la práctica una obra pública, por lo que se estaría desnaturalizando el concepto de asociación publico privada.

Víctor Cárdenas

 

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