Rafael Rodríguez Campos
La Asamblea Legislativa (unicameral) de El Salvador, dominada por el partido oficialista Nuevas Ideas del presidente Nayib Bukele (tiene 57 votos de 60), debatía este jueves 31 de julio en un trámite exprés un paquete de reformas constitucionales destinadas a permitir la reelección presidencial indefinida (sin reservas), ampliar el mandato presidencial de 5 a 6 años, eliminar la segunda vuelta y sintonizar las elecciones presidenciales con las legislativas y municipales, respectivamente.
¿Qué pasó?
Como era de esperarse la reforma constitucional que había sido aprobada en la misma noche del jueves, en el marco de la sesión semanal legislativa ordinaria, fue enviada rápidamente a publicar en el Diario Oficial por Nayib Bukele. Luego, con la constancia de publicación en las manos, los líderes del partido oficialista en el Parlamento presentaron en una nueva sesión la solicitud de ratificación, la misma que fue votada inmediatamente y contó con el respaldo de los 57 votos que el oficialismo tiene seguros en el Congreso.
En otras palabras, estamos ante una reforma constitucional que cambia drásticamente el régimen político salvadoreño pero que fue aprobada un día antes de las vacaciones, sin debate, sin información y participación de la ciudadanía, en una sola votación legislativa, todo ello con el único objetivo de permitir que Nayib Bukele se atornille en el poder indefinidamente como en su momento lo intentaron hacer otros autócratas latinoamericanos como Hugo Chávez, Rafael Correa, Evo Morales o Alberto Fujimori, quienes también usaron a sus mayorías parlamentarias para modificar sus Cartas Políticas abriendo los candados constitucionales que les impedían perpetuarse en el poder.
Un autoritarismo que no sorprende
Más allá de ello, lo cierto es que Nayib Bukele ya había demostrado con claridad su absoluta falta de respeto por el orden constitucional y las instituciones democráticas que regulan el ejercicio del poder en El Salvador. Como todos recordaremos Nayib Bukele logró ser reelegido como presidente en febrero de 2024 con casi el 83% de los votos, a pesar de que la Constitución de dicho país prohibía expresamente la reelección en por lo menos tres artículos.
¿Cómo lo logró?
Ahora bien, a la luz de los hechos recientes, y de la escalada autoritaria que el régimen de Nayib Bukele viene impulsando de manera sostenida desde su reelección en 2024 es importante recordar cuáles eran los artículos de la Constitución que limitaban el apetito de poder del mandatario y de la cúpula de adulones que lo rodean pues son justamente estos artículos (y otros más) los que han sido modificados de manera exprés este jueves 31 de julio.
La Constitución salvadoreña -además del artículo 152- cuenta con dos artículos que leídos sistemáticamente prohíben la reelección presidencial de manera categórica. Hablamos del artículo 154 que señala “El período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, y del artículo 248 en el que incluso se ponen candados a la reforma constitucional indicando que “No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”[1].
A pesar de ello, a principios de mayo de 2021, Nayib Bukele le ordenó a su mayoría parlamentaria que destituyera a cinco jueces de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, bajo el pretexto de haber emitido resoluciones contrarias a decretos ejecutivos durante la pandemia de coronavirus obstaculizando el trabajo del Ministerio de Salud. En otras palabras, como los jueces constitucionales se atrevieron a cuestionar la legalidad de las normas del Poder Ejecutivo entonces había que destituirlos. Es decir, fueron botados de sus cargos por hacer su trabajo. Es más, luego de consumar este atropello en la Asamblea Legislativa, Nayib Bukele celebraba en Twitter diciendo: “El pueblo salvadoreño, a través de sus representantes, dijo: ¡Destituidos!”[2]
Luego, como era de esperarse, los nuevos magistrados de la Sala Constitucional, impuestos por el oficialismo, el 03 de setiembre de 2021, emitieron una sentencia habilitando la reelección presidencial inmediata para que Nayib Bukele pudiera candidatear. Acto seguido, la Sala Constitucional ordenó al Tribunal Supremo Electoral -cuyos miembros también responden a la voluntad de Nayib Bukele- dar cumplimiento a la resolución, algo que el organismo electoral cumplió inmediatamente[3].
Cabe precisar que Nayib Bukele y su mayoría parlamentaria no solo destituyeron a cinco jueces de la Sala Constitucional de la Corte Suprema para lograr su inconstitucional reelección sino también echaron de su cargo a la Fiscal General quien había iniciado investigaciones con la finalidad de esclarecer las presuntas violaciones contra los derechos humanos perpetradas por los agentes del Estado (con el aval político del Gobierno de turno) en el marco de la lucha contra la criminalidad, para luego declarar el Estado de Excepción Permanente desde 2022, erosionando la situación de los derechos humanos y la gobernabilidad democrática en El Salvador[4].
¿Qué otros artículos constitucionales han sido modificados?
Dicho ello, cabe precisar que, en esta oportunidad, además de los artículos 152 y 154 de la Constitución salvadoreña que prohibían la reelección de Nayib Bukele también están siendo modificados los artículos 75 y 80 de la Carta Política.
El primero de ellos señala que perdían los derechos de ciudadanía “los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin”.
Resulta obvio que este artículo debía ser modificado cuando los primeros en violar dicha norma constitucional han sido Nayib Bukele y los miembros de su partido en la Asamblea Legislativa.
El segundo de ellos establecía que “cuando en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República ningún partido político o coalición de partidos políticos participantes, haya obtenido mayoría absoluta de votos de conformidad con el escrutinio practicado, se llevará a cabo una segunda elección entre los dos partidos políticos o coalición de partidos políticos que hayan obtenido mayor número de votos válidos; esta segunda elección debía celebrarse en un plazo no mayor de treinta días después de haberse declarado firmes los resultados de la primera elección”.
Resulta obvio que este artículo debía ser modificado pues Nayib Bukele y los miembros de su partido en la Asamblea Legislativa saben que gracias a esta reforma tan solo deben conseguir la primera mayoría para ser gobierno en primera vuelta, algo que no es difícil en un régimen de partido único como es actualmente el salvadoreño.
Sin embargo, lo que llama poderosamente la atención es que la mayoría parlamentaria de Nayib Bukele no le haya puesto la puntería el artículo 248 de la Carta Política que a la letra dice lo siguiente: “(…) No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”. Aunque valgan verdades, una vez pulverizados los candados constitucionales que impedían el ascenso y consolidación de un autócrata como Nayib Bukele en el Gobierno salvadoreño ya poco importa lo que pueda prescribir el artículo 248 de la Carta Política.
Un mentiroso al descubierto
En esa línea, también es oportuno recordar -porque las mentiras siempre tienen patas cortas- que, en febrero del año pasado, el mismo día de las elecciones presidenciales, para ser más precisos, Nayib Bukele fue preguntado si veía necesaria una reforma constitucional que incluyera la reelección indefinida y respondió: "Creo que no es necesaria la reforma constitucional". Esta fue -como muchos lo anticipamos- una mentira monumental pues lo cierto es que desde el primer día de su nuevo gobierno tanto Nayib Bukele como los miembros de su partido en la Asamblea Legislativa impulsaron tenazmente la reforma constitucional que hoy le permitirá reelegirse de manera indefinida violando los principios constitucionales básicos sobre los cuales se ha construido la democracia en El Salvador.
El mito del eterno retorno
Lo que acaba de ocurrir en El Salvador con la aprobación exprés de esta reforma constitucional al servicio de los apetitos personales de Nayib Bukele y su camarilla, nos demuestra -una vez más- que la historia política en América Latina es cíclica y no lineal, como la historia que contaba el genial Adolfo Bioy Casares en su novela “La invención de Morel”, pues como lo advertí el día en que Nayib Bukele logró reelegirse violando varios artículos de la Constitución salvadoreña: “lo más preocupante de todo esto es que no se requiere tener vastos conocimientos en Historia para saber que más temprano que tarde este tipo de figuras suelen destruir el orden constitucional y la institucionalidad democrática de sus respectivos países. Basta con leer, por ejemplo, las brillantes novelas escritas en nuestra región, basadas en este tipo de personajes, como “La conversación en la Catedral” y “La fiesta del Chivo” de Mario Vargas Llosa, “El otoño del patriarca” de Gabriel García Márquez; “La región más transparente del mundo” de Carlos Fuentes; “El señor presidente” de Miguel Ángel Asturias o “Yo supremo” de Roa Bastos, para saber en qué acaban las promesas de los líderes mesiánicos/carismáticos que ejercen el poder de manera autoritaria anulando sistemáticamente todo tipo de control institucional, como ahora lo hace Nayib Bukele en El Salvador”[5].
[1] Rodríguez Campos, Rafael. El Salvador 2024: Bukele y el partido único. Publicado en Diario Constitucional de Chile el 5 de febrero de 2024. El artículo puede ser revisado en https://www.diarioconstitucional.cl/articulos/el-salvador-2024-bukele-y-el-partido-unico/
[2] Rodríguez Campos, Rafael. El Salvador 2024: Bukele y el partido único. Publicado en Diario Constitucional de Chile el 5 de febrero de 2024. El artículo puede ser revisado en https://www.diarioconstitucional.cl/articulos/el-salvador-2024-bukele-y-el-partido-unico/
[3] Rodríguez Campos, Rafael. El Salvador 2024: Bukele y el partido único. Publicado en Diario Constitucional de Chile el 5 de febrero de 2024. El artículo puede ser revisado en https://www.diarioconstitucional.cl/articulos/el-salvador-2024-bukele-y-el-partido-unico/
[4] Rodríguez Campos, Rafael. El Salvador 2024: Bukele y el partido único. Publicado en Diario Constitucional de Chile el 5 de febrero de 2024. El artículo puede ser revisado en https://www.diarioconstitucional.cl/articulos/el-salvador-2024-bukele-y-el-partido-unico/
[5] Rodríguez Campos, Rafael. El Salvador 2024: Bukele y el partido único. Publicado en Diario Constitucional de Chile el 5 de febrero de 2024. El artículo puede ser revisado en https://www.diarioconstitucional.cl/articulos/el-salvador-2024-bukele-y-el-partido-unico/