Punto de Encuentro

Experiencia docente

Por Roberto Rendón Vásquez.

En el periodismo, a los lectores puede trasmitirse experiencias que son conocimientos logrados con la práctica en la vida, frecuentemente derivados del contacto social de los que se extraen formas de comportamiento (que pueden ser en sentido positivo o negativo). Un docente puede trasmitir a sus dicentes experiencias propias o de terceros para que conozcan hechos concretos en relación al curso de su especialidad. En la enseñanza del Derecho del Trabajo se dicta la teoría, la práctica y los procedimientos correspondientes a esta materia. No debe perderse de vista que se está educando a quienes aspiran a ser abogados y tendrán que contribuir a que sus clientes, en sus relaciones “empleadores – trabajadores” obren honestamente ajustándose a la justicia y las normas legales que sean pertinentes para cada “caso”. No olvidar que el abogado es un profesional que permanentemente debe actuar dentro de la justicia para que cada persona “dé a cada uno lo que corresponde conforme a las normas del Derecho”.

Una de las materias a mi cargo era el Derecho Colectivo de Trabajo. Se trata de “conocer” el derecho y obligaciones tanto del empleador como del servidor contratado bajo su subordinación y dependencia. Debe explicárseles nítidamente los principios y preceptos legales, sin perder de vista que “por una cuestión obvia”, cada parte tiene sus intereses y perspectivas. El empleador ha invertido capitales para según su decisión – producir los bienes y/o servicios que le produzcan renta permanentemente y para ello debe contar con la labor de personas que contraté a cambio de una remuneración. El trabajador aspira a tener un puesto de trabajo que sea fijo y perciba una remuneración para su sustento personal y familiar.  En el transcurso de esas relaciones productivas cada parte desea “mejorar” económicamente. Esta es una contradicción (fundamental) entre ellos. Las remuneraciones son parte del presupuesto de producción del empresario y si le “incrementa” le producirá un “desequilibrio” y para evitarlo aumentará los precios de venta de sus productos y esto podría afectar su competencia con otros productores.

Los trabajadores consideran que para mejorar sus condiciones de trabajo y remunerativas, debe organizarse sindicalmente. Los empleadores contratan abogados que los defiendan. Este es un tema universal, por ende, el letrado tiene que estar preparado.

En mis clases de Derecho Colectivo de Trabajo, sin omitir explicar la teoría, práctica y normatividad legal pertinente  de acuerdo al programa del curso –, acudí a organizar a mis alumnos para que estudien, aprendan y estén preparados. De las decenas de alumnos, previa explicación docente, “se organizó” en el salón: un grupo - el más numeroso - que eran trabajadores; otro limitado en número eran los empresarios, el tercero: “autoridades del Ministerio de Trabajo”, y otro de “abogados”.

1.- Los trabajadores “constituyeron” su sindicato, eligieron sus dirigentes y prepararon la documentación requerida para registrar el Sindicato. En Asamblea General aprobaron cada uno y todas las peticiones para el Pliego de Reclamos a “presentar” a la empresa y copia al Ministerio de Trabajo. 2.- Los empresarios – previa contratación de abogado – “estudiaron” la producción de “su” empresa y analizaron los presupuestos”. - 3.- Los “funcionarios” estudiaron las normas vigentes para registrar un sindicato y para la tramitación de las negociaciones colectivas de trabajo. Se tramitó la presentación del Pliego de Reclamos a la “empresa” y ésta cito luego a los representantes sindicales para día y hora para iniciar el Trato Directo.

En el salón de clase se inició el Trato Directo entre El empresario y su abogado y los representantes del sindicato asesorados por un abogado. Todo el salón espetaba cada acto y los alumnos tomaban notas. En varios días discutieron los pedidos del sindicato y como las partes no llegaron a ningún acuerdo, a pedido del sindicato se dio por concluido el Trato Directo, de lo que dieron cuenta al Ministerio y le pidieron que cite a las partes para la Junta de Conciliación en una oficina del Ministerio.

Como hubo tantos tramites y la empresa “no aflojo” nada, el Sindicato acordó dar un plazo de Huelga que notificaron formalmente tanto a la Empresa como al Ministerio de Trabajo. Como el Sindicato hasta “ahora” no consiguió nada, los trabajadores realizaron “mítines” llevando carteles y pidiendo solución a voz alzada: “¡Sin no hay solución, la huelga continúa”!

Un hecho curioso en la Facultad, como los “manifestantes” “recorrían en la Facultad, el Sr. Decano averiguo ¿qué pasaba?

Estando a la huelga, el Ministerio de Trabajo expidió sus dos resoluciones donde se otorgaba un aumento de remuneraciones. ¡La huelga y el Pliego, concluyeron!

Fue una experiencia inolvidable para los alumnos, y aprendieron mucho.

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